Estrasburgo tumba el intento de Otegi de anular la sentencia del 'caso Bateragune'
El líder de Bildu quería que se revocase la condena impuesta por el Supremo después de un largo proceso judicial que ha pasado por diferentes instancias
David Guadilla
Jueves, 23 de octubre 2025, 12:55
Dieciséis años después de que el arrancase el 'caso Bateragune' con la detención de varios dirigentes de la izquierda abertzale, con Arnaldo Otegi a la ... cabeza, por tratar de recomponer Batasuna -por aquel entonces ya ilegalizada-, el proceso sigue dando coletazos judiciales. El último se ha conocido este jueves, cuando el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) con sede en Estrasburgo ha rechazado el recurso presentado por el líder de EH Bildu para que se anulase la condena.
Las detenciones terminaron con cinco personas en el banquillo. Además de Otegi, Arkaitz Rodríguez, Miren Zabaleta, Rafa Díez y Sonia Jacinto. El juicio en la Audiencia Nacional se celebró en 2011. La Sala estaba presidida por Ángela Murillo, quien solo un año antes había tenido un enfrentamiento con Otegi en otro juicio. El ahora coordinador de EH Bildu fue condenado a diez años de prisión por pertenencia a organización terrorista «en grado de dirigente» al considerar que actuaba a las órdenes de ETA. El Supremo rebajó la pena a seis años y medio.
Pero en 2018, cuando Otegi ya había cumplido la condena, el TEDH dictaminó que no había tenido un juicio justo, precisamente por lo sucedido con Murillo en la vista anterior a 'Bateragune'. El Tribunal Supremo asumió la decisión de Estrasburgo, pero con un matiz, que la nulidad del juicio no era sinónimo de absolución, por lo que debía repetirse.
Otegi recurrió al Constitucional. Y en enero del año pasado le dio la razón. Pero solo en parte. Los magistrados, en un tribunal dividido, consideraron que repetir el juicio supondría infringir el principio de 'non bis in idem', que prohíbe juzgar dos veces a una misma persona por los mismos hechos y que hubiera constituido «un gravamen desproporcionado para la persona condenada».
Pero mantenía en vigor el fondo de la sentencia dictada por el Supremo que establecía que los cinco condenados eran «la cara visible ante los medios de la nueva estrategia concebida por ETA» y que ejecutaron «los planes previamente trazados por la organización terrorista». El Constitucional, en su fallo del año pasado, establecía que la decisión del Supremo mantenía su «vigencia y plenitud de efectos». Es decir, la condena fijada por el TS. Y eso era lo que ahora quería tumbar Otegi con su recurso.
Ahora -relata 'El Correo'-, ante la nueva queja de Otegi sobre el proceso de revisión de su caso en España, el TEDH ha concluido que la sentencia del Constitucional «se basó en motivos de su competencia y que no desnaturalizó las conclusiones de su propia sentencia». «En consecuencia, concluye que la queja de los demandantes es infundada y debe ser desestimada», ha apuntado.
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