La Audiencia reabre la causa contra el exalcalde de Santiurde de Toranzo
El tribunal sostiene que Estanislao Fernández falseó el padrón municipal para las elecciones de 2015, tras certificar que 14 nuevos empadronados vivían en el municipio, lo que no era cierto
CONSUELO DE LA PEÑA
Santander
Martes, 12 de marzo 2019, 07:09
Estanislao Fernández, exalcalde regionalista de Santiurde de Toranzo y actual portavoz del PRC, ha sufrido un revés judicial de gran calado, tan grave que le ... sitúa camino del banquillo de los acusados. La Audiencia de Cantabria establece que Fernández falseó el padrón municipal de cara a las elecciones municipales de 2015, al certificar catorce nuevos empadronamientos de personas que no vivían en Santiurde de Toranzo.
El Juzgado de Instrucción número 1 de Medio Cudeyo archivó el caso, después de considerar que el alcalde no tuvo intención de modificar el padrón a efectos electorales. Pero, la Sección Tercera de la Audiencia, en un auto que firma su presidente, el magistrado Agustín Alonso Roca, no comparte el criterio del juez de instancia y ordena que continúe la investigación con la práctica de las pruebas oportunas.
La alteración del censo no sirvió a Estanislao Fernández para revalidar el mandato porque, aunque obtuvo la mayoría de los votos (552), se produjo un pacto antinatura entre el PP (368 votos) y PSOE (270). Los populares cedieron el mando a los socialistas para evitar así que el PRC sumara otro ayuntamiento a su medallero y frenaron en seco a su candidato.
Anuló de oficio 14 nuevas altas en el padrón al considerar que los domicilios eran falsos
Juzgado de lo contencioso
Además de quedarse sin la Alcaldía, Fernández se vio inmerso en un proceso judicial auspiciado por el pedáneo de Bárcena de Toranzo, el popular Leopoldo Revuelta, que denunció al regionalista por haber incluido en el censo electoral a varias personas «a sabiendas de que no tenían domicilio real en esa población».
La Oficina del Censo Electoral sospechó de una posible alteración del padrón y requirió al Ayuntamiento documentación que acreditase la residencia efectiva de estas personas en el pueblo de Bárcena. La alcaldía remitió una verificación que la Oficina consideró incompleta, y el asunto llegó a los juzgados por una doble vía: por un lado, intervino el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3, que de oficio dio de baja en el padrón las altas controvertidas, no permitiendo la votación de estas personas. Y, por otro, el pedáneo de Bárcena de Toranzo llevó el asunto al juzgado de Medio Cudeyo por un supuesto delito electoral.
Bajo sospecha
El juez instructor tomó declaración al regionalista, a los empadronados bajo sospecha y hasta a los miembros de la Guardia Civil que intervinieron en las pesquisas, y concluyó que los hechos investigados no eran constitutivos de un delito de prevaricación administrativa, sino simples irregularidades administrativas. En un auto dictado en noviembre de 2016, el juez reconoció que el entonces alcalde Estanislao Fernández Ortiz ordenó incluir en el padrón municipal a varias personas que no estaban domiciliadas en el municipio, pero dio carpetazo al caso porque «no se ha acreditado que existiese un ánimo de falsear datos o de modificar el padrón a efectos electorales».
Archivó la denuncia al considerar que Fernández no tuvo intención de falsear los datos
Juzgado de medio cudeyo
La resolución fue recurrida ante la Audiencia Provincial que ahora ha dictado otro auto en el que ordena la reapertura de la investigación al considerar delictiva la actuación del exalcalde regionalista. El ponente subraya que Fernández Ortiz certificó que había «comprobado» los catorce nuevos empadronamientos y que esas personas vivían en los domicilios en los que constan empadronados, «algo que las diligencias practicadas han acreditado no ser cierto». La Guardia Civil comprobó todas y cada una de las altas y verificó su falsedad. Después, cuando declaró en el Juzgado de Medio Cudeyo, Fernández Ortiz se desdijo y reconoció que «no comprobó personalmente que esas personas vivieran donde decían estar empadronados», en contra de lo que certificó a la Oficina del Censo Electoral, y que en unos casos actuó por referencias de terceros, en otros se limitó «a dejar los papeles», en otros no efectuó comprobaciones y en algunos casos ni siquiera sabía si vivían en Bárcena. Llegó incluso a contradecir a la Guardia Civil, que tras comprobar que el domicilio dado por uno de los empadronados era una cuadra, Fernández aseguró que vivía «en un chalé muy bonito y muy bien acondicionado en una zona preciosa». Al tribunal le llama la atención que el secretario no firme las comprobaciones.
La Audiencia destaca que «basta leer las declaraciones de casi todos los 'empadronados' para colegir que muchos de esos empadronamientos respondieron a domicilios ficticios que no respondían a la realidad». Pero el tribunal advierte de que los empadronados «no cometerían delito, al ser el delito de falsedad ideológica cometido por particulares atípico», pero «no así el principal imputado, el exalcalde investigado». La resolución judicial estima que la conducta de Fernández es delictiva aunque no determina si se trata de un delito de falsedad, de prevaricación o electoral.
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