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La Audiencia Provincial de Cantabria ha ratificado la condenada de un año y medio de cárcel y multa de 3.840 euros impuesta a un ... hombre por impedir el acceso a la finca y la vivienda que le embargaron tras ser condenado a indemnizar con 350.000 euros a otro hombre al que intento asesinar.
La Sección Primera ha rechazado el recurso de apelación presentado por el acusado contra la sentencia del Juzgado de lo Penal Nº3 de Santander que lo condenó por un delito de desobediencia y otro de obstrucción a la justicia. En esa primera resolución, que ahora es ratificada en apelación, se relata como el acusado fue condenado por sentencia firme en febrero de 2012, por la comisión de un delito de asesinato en grado de tentativa, a abonar una indemnización a la víctima de 350.000 euros en concepto de responsabilidad civil.
Para poder hacer frente a esa indemnización, se acordó el embargo de una finca rústica del condenado en la que se enclava una vivienda de 80 metros cuadrados. En diciembre de 2017, se dictó un auto por el que la referida finca fue adjudicada a la víctima. Tal resolución fue notificada personalmente al acusado en enero de 2018 .
Entre esa fecha y marzo de 2019, «con la intención de dificultar y dilatar en el tiempo la toma de posesión del nuevo propietario, el acusado procedió a llevarse las ventanas originales de la vivienda y a tapar el hueco con un plástico, a sustituir la puerta de acceso por una chapa de madera, a arrancar tres peldaños de la escalera que da acceso al altillo, a reventar varias tablas del suelo y arrancar los sanitarios». Asimismo, estacionó un vehículo en el interior de la finca, de tal manera que «bloqueó el acceso a la parcela, impidiendo, demás, la apertura de la puerta metálica que la cierra». Una acción que mantuvo a lo largo del tiempo, según sostiene el Juzgado de lo Penal Nº3.
Las claves
El acusado se llevó las ventanas de la casa, arrancó los sanitarios y bloqueó el acceso a la finca
Abordó a una pareja de compradores y les dijo que la vivienda no era del nuevo propietario
Ante tal comportamiento, en julio de 2020, el acusado fue requerido personalmente por la Audiencia Provincial, instándole a sacar de inmediato de la finca referida el vehículo mencionado y demás efectos personales. Al mismo tiempo se le solicitó que no ejecutase actos obstativos de la posesión de la finca. «Pese a esos requerimientos con los apercibimientos correspondientes, el hombre hizo caso omiso».
Tanto es así que en octubre de 2020, cuando una pareja de compradores acudió a ver la finca, los portones de acceso a la finca permanecían cerrados. Ello provocó que, para acceder a la edificación, tuvieran que entrar por un acceso peligroso e inusual. Además, fueron abordados por el acusado, quien les indicó que el inmueble no era propiedad de la persona que pretendía vender la propiedad.
Fue entonces cuando el acusado presentó dos denuncias contra la persona a la que quiso matar, que fueron sobreseídas por no estar acreditada la comisión de delito alguno. Y esas denuncias las interpuso, según el Juzgado, «con el fin de inquietar la posesión de su víctima».
En su recurso, este hombre negaba haber realizado actos con el fin de perturbar la posesión de la finca que le embargaron y señala que se limitó a «retirar objetos y enseres personales del interior de la casa». Igualmente, negó haber incumplido el requerimiento para sacar su vehículo de la finca.
Sin embargo, la Audiencia Provincial rechaza estas alegaciones porque «son varias pruebas» las que acreditan que el recurrente «ha llevado a cabo, de modo persistente, una conducta obsticulizadora de la posesión pacífica del nuevo titular de la casa». Entre ellas, la Sección Primera señala la diligencia de inspección ocular de la Guardia Civil, ratificada en el juicio por un agente, que es «esclarecedora» al igual que su testimonio. Lo que expuso se corrobora con las fotografías que obran en el atestado. A eso se suma el relato de varios testigos. «Con su comportamiento, el condenado continuó desoyendo el requerimiento judicial», concluye la Sala.
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