Borrar
Celedonio Martínez
Condenan a tres años de cárcel a la extrabajadora de Ciriego que se quedaba con la recaudación en metálico

Condenan a tres años de cárcel a la extrabajadora de Ciriego que se quedaba con la recaudación en metálico

Santander ·

La Audiencia Provincial la considera responsable de un delito de malversación sobre un montante de 14.000 euros en vez de los más de 176.000 que reclamaba la acusación particular

DM .

Santander

Necesitas ser suscriptor para acceder a esta funcionalidad.

Miércoles, 10 de enero 2018, 21:58

Necesitas ser suscriptor para acceder a esta funcionalidad.

Compartir

La Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a tres años de cárcel a la extrabajadora de la sociedad Cementerio Jardín, participada por el Ayuntamiento de Santander, por la malversación de 14.559 euros de la recaudación en metálico por pagos de clientes en las oficinas del cementerio de Ciriego.

Además de la pena de prisión, en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press y contra la que cabe recurso, también se le condena a siete años de inhabilitación especial para cargo o empleo público y a la obligación de indemnizar a la sociedad con los 14.559 euros de los que se apropió.

Este caso llegó a los tribunales en marzo de 2012, cuando el consejo de la empresas Cementerio Jardín (51% en manos del Ayuntamiento y el resto, propiedad de un socio privado) acordó el inicio de acciones legales contra la empleada al descubrir la existencia de facturas cobradas y no ingresadas en cuenta, por valor, inicialmente, de 38.000 euros. Cementerio Jardín denunció el caso ante la Fiscalía y despidió a la empleada. Ésta recurrió en los tribunales, pero perdió. En septiembre de 2013, el consejo de administración acordó ampliar la denuncia realizada contra la empleada por la presunta apropiación de otros 141.011 euros, y en febrero de 2014 un informe elevaba a 176.700 euros el dinero que presuntamente sustrajo una empleada.

La sentencia, sin embargo no reconoce el descuadre de 176.000 euros apreciado desde 2006, porque considera que a la acusada solo se le puede achacar la apropiación del dinero de 2011 porque «solo consta que omitiera la consignación de determinadas facturas concretas en el libro de caja de 2011, pero no de años anteriores».

Además, apunta que la averiguación patrimonial realizada a la acusada «no se corresponde con un supuesto enriquecimiento ilícito de 176.000 euros», como pretendía la acusación particular que ejercía la sociedad Cementerio Jardín.

La sentencia indica que ha quedado probado que la acusada fue empleada de la sociedad de 1991 a 2012, y que era la responsable de caja, realizando los cobros a los clientes, a quienes emitía las facturas, y elaborando el libro diario de la caja. Apunta que el dinero que cobraba a los clientes debía depositarlo en una caja de caudales que se encontraba en la oficina y después se lo tenía que entregar en persona al gerente de Cementerio Jardín.

La sentencia señala que, en 2011, la trabajadora procedió a efectuar múltiples cobros a clientes y a hacer suyas parte de las cantidades de dinero que éstos abonaban, sin llegar a ingresarlas en la caja de la sociedad.

Además añade que, con la finalidad de que no se descubrieran sus actuaciones, en «numerosas ocasiones» dejó de anotar en la hojas del diario de caja facturas los cobros a clientes, «tratando así de disimular el saldo que tendría que haber ingresado en la caja». La sala indica asimismo que la acusada no realizaba arqueos de caja que permitieran comprobar que las cantidades ingresadas diariamente se correspondían realmente con las facturas emitidas y, al elaborar el libro diario de caja, no consignaba el saldo inicial y final anterior de cada hoja, con lo que «dificultaba sobremanera el control de su actividad contable».

Añade que, finalmente, en noviembre de 2011 se nombró una nueva directora-gerente de la sociedad que «comprobó de manera exhaustiva la contabilidad, descubriendo los descuadres entre las cantidades realmente facturadas a clientes y el saldo que había en caja, así como la omisión de facturas y saldos finales e iniciales en el libro diario que elaboraba la acusada».

Tras esas comprobaciones, que también realizó una empresa externa, el tribunal considera probado que la cantidad de la que se apropió la trabajadora durante 2011 fue de 14.559 euros, una cantidad por la que, recuerda, el Tribunal de Cuentas ya condenó a la acusada en una sentencia de su sección de enjuiciamiento de 2014, obligándola a devolver la suma con intereses.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios