Procesan a un policía local de Santander por acceder a los datos de una víctima de violencia machista
El juez sostiene que «no tenía autorización» y que intentó convencer a un policía nacional para que rebajase la protección de la mujer a la que supuestamente agredió su novio, un traficante con el que el investigado tenía «una relación personal»
El titular del Juzgado de Instrucción Nº4 de Santander, Luis Enrique García, ha procesado, por un presunto delito contra la intimidad, a un policía local ... de Santander por acceder a los datos de una víctima de violencia de género que había sido agredida supuestamente por su novio, el cabecilla de una banda de traficantes de droga con el que el agente tenía «una relación personal».
Según informó la Policía Nacional en abril de 2024, fue durante una investigación contra el narcotráfico, denominada 'Operación Límite', cuando se destapó la actuación de este policía local, que fue detenido y puesto en libertad en ese momento.
Tras la correspondiente investigación judicial, el magistrado García emitió un auto de continuación de las actuaciones por los trámites del procedimiento abreviado, que el agente ha recurrido en apelación ante la Audiencia Provincial.
En dicha resolución, a la que ha tenido acceso El Diario Montañés, el instructor relata que el policía estaba destinado en la Oficina de Protección de Víctimas (Oprovic) y que, «abusando de su condición de funcionario con acceso al Sistema de Seguimiento Integral para Víctimas de Violencia de Género (Viogen), accedió repetidamente a los datos almacenados en ese sistema en relación a una víctima (pareja del traficante), y en concreto al nivel de riesgo que el sistema arrojaba como 'medio'».
El juez, que apunta que el policía y el 'camello' tenían una previa relación personal porque el segundo era arrendador del primero, añade que el agente hizo esta consulta a pesar de que «no tenía encomendada la protección de esa víctima y sí únicamente la de su presunto agresor, al que había sido concedido el estatuto de 'víctima protegida' por la Oprovic, a raíz de una denuncia que el hombre presentó frente a la mujer el 8 de agosto de 2023».
Según detalla el instructor en su auto, el policía en cuestión accedió al sistema Viogen «sin estar autorizado para ello» hasta en nueve ocasiones en seis días distintos, entre agosto y noviembre de 2023. « El objetivo de tales accesos era acceder al nivel de riesgo que se reconocía a la mujer, en ese caso 'medio', para después hablar con el funcionario de la Policía Nacional, que sí estaba encargado de la protección de ella, y conseguir que se reevaluara el riesgo apreciado por el sistema y que pasara a ser 'bajo', motivo por el que se puso en contacto con este agente». Finalmente, el policía nacional rectificó la inicial evaluación y pasó el riesgo de la mujer a 'bajo', «si bien lo hizo por iniciativa propia», apunta el juez.
Al no estar de acuerdo con las conclusiones del instructor, el agente presentó un escrito, que ha sido desestimado, en el que solicitaba el sobreseimiento libre. En él alegaba que el acceso al sistema «no es indebido», dado que puede y debe acceder a las base de datos «desde que se incoa el 8 de agosto de 2023 un expediente en la Policía Local por violencia doméstica, a raíz de una denuncia que presenta el hombre». Además, aseguraba que «el acceso al fichero no es delito, que es delito el acceso a los datos y que tiene que derivarse algún perjuicio a la víctima».
Sin embargo, el instructor responde que el investigado, que se puede enfrentar a una pena de hasta 5 años de cárcel por los cargos que le imputa el juez, «no tenía que acceder a los datos de la mujer porque la protección estaba confiada a otro cuerpo policial, la UFAM de la Policía Nacional». Además, señala que la explicación del agente en su declaración «ni guarda relación con la finalidad de 'protección' que le había sido encomendada, ni tampoco tendría ningún sentido por no ser necesario, pues si hubiera una medida cautelar o una pena accesoria vigente sobre el traficante se le hubiera notificado y se lo hubiera podido decir al agente, sin necesidad de que tuviera que acceder a los datos de una víctima de Viogen protegida por otra unidad policial».
El acceso a los datos
El juez coincide en que el acceso al fichero «no es delito», pero a los datos contenidos en él «sí». «La valoración del riesgo que el sistema Viogen arrojaba es el dato al que accedió al agente», apunta el instructor tras citar la declaración del policía nacional, que dijo que el investigado se dirigió a él «porque consideraba que la valoración era exagerada y había que rebajar la protección». «Maniobrar para intentar rebajar el nivel de riesgo a una víctima a la que no está protegiendo colma las exigencias del tipo penal, al menos a priori, pues se accede a un dato protegido con la finalidad de perjudicar a su titular sin estar autorizado para ello», concluye el juez.
El traficante se enfrenta a ocho años de cárcel por blanqueo y un delito contra la salud pública
El Juzgado de Instrucción Nº3 de Santander ha acordado la apertura de juicio oral respecto a la causa abierta a raíz de la operación policial llevada a cabo en abril del pasado año contra el narcotráfico.
La Fiscalía de Cantabria ya ha presentado su escrito de calificación provisional en el que solicita una pena de ocho años de cárcel, por un presunto delito contra la salud pública y otro de blanqueo de capitales, para el cabecilla de la banda de traficantes, «que se ha dedicado desde el año 2014 hasta abril de 2024 a la venta y distribución de cocaína tanto en Santander como en otros municipios de Cantabria, utilizando un coche para desplegar esta actividad».
En la entrada y registro de una de las tres viviendas de este acusado, «sin que sus ingresos acrediten solvencia para su adquisición», la Policía encontró unos 16 gramos de cocaína, valorada en mil euros. Además, hallaron en sus cuentas bancarias unos ingresos de 282.740 euros realizados por el procesado, entre 2014 y 2024, «sin que exista fuente de ingresos que lo justifique».
El fiscal acusa a otros dos hombres en esta causa. A uno de ellos, que era «colaborador» del cabecilla, le incautaron cuatro gramos y medio de cocaína, valorada en 380 euros. Al otro, «uno de los principales distribuidores del cabecilla en Val de San Vicente», le encontraron cuatro gramos de hachís, valorados en 27,18 gramos. Para ambos, el representante del Ministerio Público solicita una pena de cuatro años de cárcel por un delito contra la salud pública, y multa de 400 y 30 euros, respectivamente.
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