Borrar
Los tribunales dan la razón al Ayuntamiento de Santander sobre la subida del agua en 2015

Los tribunales dan la razón al Ayuntamiento de Santander sobre la subida del agua en 2015

El TSC considera que se trató de una actualización de precios no de un cambio y que no es necesario el informe que reclamaba el demandate

Necesitas ser suscriptor para acceder a esta funcionalidad.

Jueves, 28 de junio 2018, 20:07

Necesitas ser suscriptor para acceder a esta funcionalidad.

Compartir

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha vuelto a dar la razón al Ayuntamiento de Santander al rechazar el recurso que interpuso un particular contra las tarifas del agua aprobadas para el año 2015, según dio ha dado a conocer el Gobierno municipal en un comunicado.

De esta manera, la Sala ratifica la validez del acuerdo plenario por el que actualizaron las tasas de alcantarillado y suministro de agua para dicho ejercicio, igual que hizo ya con las tarifas de 2014, recurridas por el mismo demandante.

De hecho, el TSJC recuerda que ya hay un fallo firme del Tribunal Supremo que avala la revisión de tarifas de 2014 y que rechaza los argumentos esgrimidos por el recurrente en Santander.

La sentencia dictada ahora en relación a las tarifas de 2015 señala que el recurrente vuelve a plantear en esencia los mismos motivos y cuestiones alegadas en el proceso anterior, lo que lleva a seguir la misma línea marcada en los fallos anteriores tanto por el TSJC como por el Tribunal Supremo.

Según se explica en la resolución de los tribunales de justicia, el recurrente alegaba que la actualización anual de las tarifas debería contar con informes técnicos económicos que avalasen la necesidad para proceder al incremento del recibo que pagan los santanderinos cada dos meses.

Sin embargo, la Sala aclara que tal informe no es necesario cuando se trata, como en este caso, de una actualización de las tarifas conforme al IPC que no comporta cambios en ella. En consecuencia, desestima el recurso y, además, impone al demandante las costas procesales.

El Índice de Precios al Consumo (comúnmente conocido por su sigla IPC) es un índice económico en el que se valoran los precios de un conjunto de bienes y servicios, que en general se conoce como 'cesta familiar'. Ese indice se determina sobre la base de la encuesta continua de gastos de los hogares, que una cantidad de consumidores adquiere de manera regular. La variación con respecto del precio de cada uno respecto de una muestra anterior determina el IPC anual.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios