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Imagen de una protesta contra la gestación subrogada. EP
El Gobierno regula la inscripción de los bebés por gestación subrogada

El Gobierno regula la inscripción de los bebés por gestación subrogada

Los bebés ya no se podrán registrar en el exterior, pero sí en España, siguiendo sentencias del Supremo que considera que los contratos de vientre de alquiler son nulos pero abre una vía de filiación por el bien superior del menor

Miércoles, 30 de abril 2025, 10:08

Aquellos que recurran a la gestación subrogada ya no podrán registrar a los bebés en los consulados españoles, como se hacía hasta ahora ante el ... vacío legal que existía. El Gobierno aprueba una instrucción con la que regula la inscripción de estos niños. «Inscribir en el Registro Civil a un bebé nacido a través de un vientre de alquiler en otro país dejará de ser un trámite directo, aunque se cuente con una resolución administrativa o judicial extranjera que valide el contrato de gestación por sustitución». Aunque el Ejecutivo habla de «prohibición de los vientres de alquiler», sigue la sentencia del Supremo que rechaza el registro fuera de España, pero establece que se puede legalizar, dentro del ordenamiento nacional, el vínculo entre padres e hijos, sin que aparezca la madre biológica (la que aporta el vientre y el material genético) en ese nexo. «A partir de ahora, solo se podrá formalizar la inscripción siguiendo los cauces habituales de determinación de la filiación (la relación jurídica entre hijos y padres): por vínculo biológico o por adopción».

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