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La Ordenanza establece la prohibición de matar pájaros./DM.
Santander

Desde mañana está prohibido...

El pleno del Ayuntamiento aprobará la Ordenanza de Protección de la Convivencia Ciudadana, que contempla para los casos más graves multas de hasta 3.000 euros

EUROPA PRESS |

Miércoles, 27 de febrero 2008, 21:21

El concejal de Protección Ciudadana, Eduardo Arasti, presentó hoy en rueda de prensa la norma, que ha sido consensuada con los grupos políticos municipales, y que recoge varios aspectos regulados en otras ordenanzas, como la prohibición de consumir bebidas alcohólicas en la calle.

La ordenanza, que tiene como objetivo dar una respuesta y actuar como instrumento disuasorio ante el comportamiento incívico de un "colectivo minoritario" de santanderinos, se estructura en tres capítulos y 29 artículos, en los que se recoge la obligación de los vecinos de respetar la convivencia y tranquilidad ciudadana y el derecho y la obligación de que los bienes y servicios públicos se utilicen conforme a su destino.

El capítulo 1 recoge las disposiciones generales y el objetivo de la Ordenanza de prevenir actuaciones "perturbadoras" y proteger los bienes e instalaciones públicos y de entidades públicas y privadas frente a agresiones y usos ilícitos. También señala que la Ordenanza busca restablecer el orden cívico perturbado, prevenir conductas antisociales y reparar el daño. Así, protege desde calles y parques y jardines, a estatuas, fachadas y galerías comerciales.

Prohibiciones

En el área de árboles y plantas, prohíbe la tala y depositar residuos en su proximidad; y en parques y jardines, arrancar las flores, maltratar a los animales y tirar desperdicios fuera de las papeleras. También recoge que los juegos en espacios públicos que causen molestias o puedan poner en peligro la integridad de los ciudadanos están prohibidos.

Establece que se deben evitar olores y ruidos. En el segundo aspecto, contempla desde las pruebas de sistemas acústicos, que deberán autorizarse, hasta la instalación de alarmas, la música y radio de los coches -que no deberá estar a volumen elevado-, la publicidad sonora que estará prohibida salvo con autorización municipal, y la música en la calle, también sometida a autorización.

Regula el empleo de artefactos pirotécnicos, las fiestas en la calle (con autorización previa y posterior restablecimiento de la "normalidad"), la prohibición de consumir bebidas alcohólicas en la calle, y señala que los establecimientos públicos deberán evitar actuaciones incívicas de sus clientes tanto en el interior del local como fuera, y en su caso, avisar a la policía.

Régimen sancionador

La Ordenanza establece un régimen sancionador con infracciones leves, de hasta 750 euros; graves, de 750 a 1.500 euros; y muy graves, de 1.500 hasta 3.000 euros. Además, estas sanciones serán compatibles con la reparación de la situación alterada.

Igualmente contempla que el infractor podrá solicitar la sustitución de la sanción por la realización de trabajos y labores para la comunidad.

También recoge la adopción de medidas cautelares de carácter provisional, de modo que la Policía Local podrá poner fin a la actividad incívica realizada y poner a disposición los objetos o productos que generen la infracción.

Los responsables serán los autores materiales de las infracciones, salvo en el caso de los menores de edad, por los que responderán los padres o tutores.

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