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El edificio se encuentra a medio construir, en la calle Ernest Lluch de Santabder, aunque ya se están comercializando los pisos. Javier Cotera
La construcción de 22 viviendas en Ernest Lluch pende de un hilo judicial

La construcción de 22 viviendas en Ernest Lluch pende de un hilo judicial

Santander ·

La comunidad de la finca colindante reclama su propiedad y el juez ha anotado el litigio en el registro para alertar a los posibles compradores en tanto resuelve el pleito

CONSUELO DE LA PEÑA

Santander.

Sábado, 2 de junio 2018, 07:46

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La construcción de un edificio de 22 viviendas en la calle Ernest Lluch de Santander, que obtuvo licencia de obras en octubre del año pasado y cuya comercialización ya se ha iniciado, se ha visto amenazada por un conflicto judicial que hace peligrar el proyecto. La comunidad de propietarios de la parcela colindante ha demandado a la promotora al considerar que la finca es de su propiedad y que, a lo sumo, la sociedad sólo tendría un derecho a edificar que expiró en febrero de este año, por lo que ha solicitado la demolición de lo construido y la recuperación del terreno. Pero, además, ha pedido la anotación preventiva de la demanda en el Registro de la Propiedad, a lo que el juez ha accedido.

En un reciente auto, el Juzgado de Primera Instancia número 10 de Santander, que se ocupa del caso, ha estimado esta inscripción, lo que supone un aviso para los hipotéticos compradores del litigio que pesa sobre el edificio, en el que la comunidad vecina está solicitando «nada menos» que la demolición de lo construido (el edificio está en estructura) así como la recuperación de la parcela sobre la que se asientan las viviendas.

Consciente de que esta advertencia supone un «perjuicio patrimonial» para la constructora, ya que puede dificultar la comercialización de las viviendas, el juez ha fijado una fianza de 97.000 euros a los demandantes, que es el 5% del presupuesto de ejecución de la obra. La promotora ha recurrido esta semana el auto judicial ante la Audiencia Provincial, recurso que no tiene efectos suspensivos.

El juez dice que el plazo de diez años para edificar ha caducado y se ha perdido el derecho a construir

El juez avisa de que una vez anotado el litigio los compradores «ya no podrán alegar su condición de terceros de buena fe». Sin esa advertencia previa, la petición de demolición y recuperación de la finca que piden los demandantes sería inviable.

La parcela en litigio, situada junto a la S-20 y el supermercado Lupa, forma parte de una finca mayor en la que hace diez años se construyó un bloque de viviendas, denominado Monarca Fase I. La superficie restante es la destinada a la nueva Fase II, la construcción en conflicto. Esta parcela fue adquirida en 2016 por la sociedad Buildingcenter, filial de Caixabank, cuyo objeto social es básicamente el desarrollo de proyectos de promoción inmobiliaria. Se trata de una de las promotoras más importantes del país, con un capital social de 22 millones de euros.

La promotora ha apelado el auto judicial ante la Audiencia, pero el recurso no suspende el proceso

En un primer momento, la sociedad intentó vender la parcela, pero al no conseguirlo decidió promover directamente ella, para lo que obtuvo licencia de obra en octubre del año pasado, concesión de la que dio amplia información el concejal de Obras, César Díaz. Iniciadas las obras, la comunidad de propietarios del edificio Monarca Fase I requirió a la promotora para que se abstuviera de ejecutar edificación alguna. Alegó que no se trata de una finca independiente con pleno dominio (de suelo y vuelo) sino que, a lo sumo, la promotora tenía un derecho de edificación que caducaba el 20 de febrero de este año, resultando a todas luces imposible llevar a cabo la completa edificación en los cinco meses que quedaban, desde la obtención de la licencia hasta la caducidad del derecho a edificar.

El plazo «vencido»

Pero la filial de Caixabank despreció los argumentos de los colindantes e inició las obras con ritmo inusitado. Terminado el plazo del derecho a construir (el pasado 20 de febrero) la comunidad de propietarios demandó a la promotora y pidió al juez que declare caducado el derecho a edificar y, en consecuencia, la demolición de lo construido y la recuperación de la finca. Además, de manera cautelar, solicitó que, en tanto se resuelve el pleito, se advierta en el Registro de la Propiedad del litigio de la edificación para evitar males mayores a terceros.

El caso se sustancia en el Juzgado de Primera Instancia número 10, cuyo titular, el juez Íñigo Landín, ha concedido la medida cautelar. Pero en su auto adelanta ya que la parcela no es propiedad plena de la promotora porque en febrero de 2008 sólo compró un derecho a edificar (derecho de vuelo), limitado en el tiempo (diez años). El magistrado subraya también que ese plazo «ha vencido sin que la demandada haya ejecutado su derecho a edificar», pues a la fecha de vencimiento (28 de febrero de 2018) «solamente está completada la estructura exterior».

La promotora consideró que bastaba con levantar la estructura para cumplir con ese requisito, pero el juez interpreta que el derecho a edificar se refiere a que tenía que estar completada toda la ejecución urbanística de la fase, «lo que no ha sucedido». Además estima que existe un evidente peligro por la demora del proceso en perjuicio de la comunidad de propietarios, ya que de no anotarse el pleito, los demandantes no podrán pedir la demolición de lo construido y la recuperación de la propiedad.

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