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Desestimada de forma definitiva la suspensión de la extracción de lobos que pedía Ascel

EFE

Martes, 17 de junio 2025, 18:18

El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha desestimado el recurso interpuesto por la Asociación para la Conservación y Estudio del Lobo Ibérico (Ascel) al auto en el que se denegó la medida cautelar solicitada por esta organización para paralizar la orden del Gobierno autonómico de extracción de 41 ejemplares de esa especie. Considera la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC que la suspensión de la ejecutividad de la resolución, teniendo en cuenta «la duración razonable del proceso principal, aumentaría en medida significativa el riesgo de ataques al ganado».

La resolución, que es firme, responde al recurso posterior a la petición de Ascel de que se suspendieran las autorizaciones de control de lobos para evitar «pérdidas irreparables» en la población de la especie que en un auto del 2 de mayo fue denegada. La Sala recalca, por un lado, que los lobos que hayan podido ser cazados antes de dictarse la resolución impugnada «no es un hecho relevante a los efectos de la tutela cautelar, la cual se orienta al futuro: a impedir, en su caso, la caza de lobos que la resolución autoriza». Y, por otro, que la resolución administrativa de referencia «no es una norma reguladora de la caza del lobo, sino un acto administrativo que establece un cupo de caza; por lo que no tiene que contener reglas sobre las formas, métodos o criterios».

En relación al régimen de protección, entiende la Sala que Ascel «sigue exigiendo la misma protección que la normativa precedente otorgaba al lobo al norte del río Duero». «Obviamente, no puede aceptarse tal planteamiento», incide.

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