Los hosteleros claman contra un posible endurecimiento de la ley antitabaco
El presidente de la AEHC, Ángel Cuevas, apela al «sentido común» del Gobierno de España para que no endurezca la normativa actual: «Que nos dejen trabajar».
JAVIER GANGOITI
SANTANDER.
Lunes, 19 de agosto 2019, 07:11
Los hosteleros de Cantabria han manifestado su rechazo hacia el anuncio del Gobierno de España, el lunes pasado, para endurecer la ley antitabaco e ... eliminar el consumo de cigarrillos eléctricos del interior de los bares. Lo han hecho a través del máximo representante del gremio en la región y presidente de la Asociación Empresarial de Hostelería de Cantabria (AEHC), Ángel Cuevas, quien abogó por «dejar la normativa como está» y, sobre todo, «por que dejen de apretar constantemente» a los 1.837 socios que componen la agrupación sectorial. «Sólo pedimos que nos dejen trabajar», zanjó.
La principal novedad del anuncio de la ministra de Sanidad, María Luisa Carcedo, aborda la posible aplicación de la normativa a los consumidores de cigarrillos eléctricos, es decir, equiparar las consecuencias de su consumo al del tabaco industrial con su consiguiente salida al exterior de los locales. Pero no es este nuevo matiz el que ha causado el enfado de los hosteleros. «Si es perjudicial para la salud habría que adaptarlo igual que la normativa del tabaco pero, si no lo es, no entiendo los motivos», declaró Cuevas en este sentido, antes de dejar claro, con todo, que prefiere «que se deje la ley como está». No es aquí donde reside la polémica.
LA NORMA
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¿Dónde se puede fumar?
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En terrazas totalmente abiertas Dotadas únicamente de mesas, sin paredes ni jardineras.
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En terrazas con jardineras o mamparas Las pantallas o biombos medirán, máximo, un metro.
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En terrazas con dos paramentos y un techo Es decir, un techo y una sola pared en un costado.
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¿Dónde no se puede fumar?
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En terrazas con dos paredes y un techo Cubiertas por los lados y el techo, salvo el acceso.
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En terrazas cubiertas por paredes discontinuas y un techo Ni en las que están cerradas del todo, sin contar el acceso.
Lo que sí enerva a la agrupación es el aviso a navegantes que acompañó a esa novedad, cuando Carcedo hizo inventario de las terrazas en las que sí y no está permitido el consumo de tabaco, según sus características físicas. La titular de Sanidad aprovechó así para poner sobre aviso a los locales y, concretamente, a todos aquellos establecimientos con terraza donde todavía, ocho años después de la aprobación de la ley, siguen sin cumplir sus requisitos y, por tanto, no puede permitir el consumo de tabaco porque «se puede acumular humo», como argumentó la ministra.
«El Gobierno tendría que reunirse con un pequeño empresario para conocer sus dificultades»
Ángel Cuevas | Presidente de la AEHC
El recordatorio no ha sentado bien a los empresarios. «Siempre trabajamos para que se cumpla la ley, pero pedimos que nos dejen en paz», expresó el jefe de la AEHC, quien denunció el calvario de los establecimientos cada vez que «desde la Administración aprietan y aprietan sin saber lo que cuesta realmente abrir y mantener un negocio». Se preguntaba: «¿Pero a quién molesta? Tendrían que usar el sentido común».
De ahí Cuevas pasó a invitar a los responsables del Gobierno central a «sentarse con un empresario pequeño, que cumple las normas todos los días, para comprobar las dificultades que atraviesan, en vez de estar todo el día apretándonos con revisiones y normativas». Entre esos empresarios, apuntaló, este tipo de noticias generan mucha inquietud: «Que nos dejen trabajar». Dicho eso, el representante gremial volvió a respaldar las sanciones impuestas «a los que no cumplen la norma».
«Que el aire pueda circular»
¿Y cuál es el criterio de la Administración para permitir o no el consumo de tabaco? El recordatorio de Sanidad -ilustrado en un documento disponible en la página web del Ministerio- enumera una tipología de terrazas para dejarlo claro. En el documento, y atendiendo a su estructura física, el departamento aclara si el bar puede o no dejar fumar a sus clientes cuando se sientan en ella (ver ficha aclaratoria).
Estas autorizaciones se rigen así: por ejemplo, en un exterior totalmente abierto, sin techos ni paredes, sí está permitido fumar. También se puede en aquellas terrazas con mamparas -sin importar el material- o jardineras de un metro máximo a ambos lados de las mesas e, incluso, cuando están dotadas de un techo y una sola pared en un costado. El único requisito es que «pueda circular el aire libremente y que no pueda darse acumulación de contaminantes», como limita el departamento en esta documentación.
Estas condiciones no se dan, por contra en el resto de terrazas que enumera el catálogo oficial. En todas las que se encuentren «retranqueadas en el interior con tres o más paramentos -continuos o discontinuos- y estén cubiertas por un techo» estará prohibido encender un cigarrillo. De hecho, el Ministerio invita a los ciudadanos a denunciar la presencia de fumadores en estas áreas «sin circulación del aire» a través de otro documento, también disponible en su página web.
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