La jueza acuerda la apertura de juicio oral en el 'caso Obras Públicas'
Ahora la Sección Tercera de la Audiencia Provincial tendrá que señalar la fecha de la vista en la que los seis acusados reconocerán los hechos y aceptarán las penas pactadas
La titular del Juzgado de Instrucción Nº5 de Santander, Mercedes Compostizo, ha acordado la apertura de juicio oral en el 'caso Obras Públicas', después de ... que los seis acusados llegaran a un acuerdo de conformidad con la Fiscalía y el Gobierno de Cantabria (acusación particular) por el que el cabecilla de la trama, el exjefe de Carreteras, Miguel Ángel Diez, acepta una pena de 7 años de cárcel, nueve años y tres meses de inhabilitación para empleo y cargo público, y una multa de 963.227 euros como autor de hasta cuatro delitos: fraude en la contratación, cohecho, blanqueo de capitales y falsedad en documento mercantil. En total, habrá de pagar 2,2 millones de euros, entre la multa suya, la de su mujer (478.513 euros) y la indemnización al Gobierno de Cantabria (749.648 euros).
Según han avanzado a este periódico fuentes conocedoras del caso, la instructora ya ha remitido los autos a la Audiencia Provincial y será uno de los magistrados de la Sección Tercera quien ejerza de presidente del tribunal del jurado encargado de enjuiciar a los seis acusados, si bien no será necesario convocar a los jueces legos. Una vez que todos los acusados se personen ante la Audiencia con abogado y procurador, la Sección Tercera tendrá que señalar la fecha de la vista en la que se ratificará el pacto sellado por todos. A partir de ahí, el magistrado-presidente estará en disposición de dictar la correspondiente sentencia.
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En el auto de apertura de la juicio oral, la instructora recoge el acuerdo alcanzado por las partes, adelantado el pasado jueves por El Diario Montañés. Así, la mujer del funcionario, Beatriz del Río, ha aceptado un año de cárcel y una multa de 478.513 euros por un delito de blanqueo de capitales en concurso con un delito de falsedad en documento mercantil; mientras que los empresarios Elias Celis y Vidal Celis (Rucecan), Jose Luis Blanco Mazagatos (Api Movilidad) y Jose Saiz Gómez (La Encina y Cannor) han acordado una pena de dos años de cárcel por un delito de fraude en la contratación y otro delito de cohecho, además de una multa de 1.800 euros. La dos hijas del funcionario quedan como partícipes a título lucrativo dentro del procedimiento.
Respecto a la responsabilidad civil derivada de las infracciones delictivas, el perjuicio total generado al Gobierno de Cantabria por el fraude en la contratación asciende a la cantidad de 1.623.257,14 euros (esta cantidad corresponde a las mordidas que recibió el funcionario), debiendo condenarse a los acusados al pago de dicha cantidad. Así, Diez tendrá que indemnizar con 749.648 euros; José Luis Blanco, con 110.500 euros; José Saiz Gómez, con 252.000 euros; y Vidal Celis y Elías Celis, con 255.554,57 euros cada uno.
En el escrito de calificación de los hechos que ha sido pactado, el representante del Ministerio Público hace referencia a siete expedientes de contratación de los que se desprenden «prácticas corruptas», aunque el número es «mucho mayor». «El conciliábulo para dirigir el proceso de contratación de la Dirección General de Carreteras del Gobierno de Cantabria estaba formado por Diez, José Saiz, José Luis Blanco, y Elías y Vidal Celis». Todos ellos, apunta el fiscal, se dedicaban a «encauzar indebidamente» la contratación de obras, concertándose mediante múltiples llamadas telefónicas e intercambios de mensajes tanto de Whatsapp como de correos electrónicos, muchas veces incluso en horas totalmente ajenas al de prestación de servicios laborales por parte del funcionario, y con reuniones frecuentes para comer e intercambiar documentación en lugares discretos.
Para que el propósito de todos los empresarios pudiera llevarse a término, «Diez adoptó decisiones arbitrarias y perversas, orientadas a una contratación irregular e ilícita». Todo este proceso, según el fiscal, obedecía a un interés económico recíproco: «por una parte, las empresas obtenían contratos de la administración de forma reiterada, engordando con su margen empresarial de beneficios su cuenta de resultados, y por otra, el funcionario recibía cuantiosas remuneraciones, dádivas y favores por su incorrecto proceder».
Dichos pagos, atendiendo al «desproporcionado patrimonio» acumulado por el funcionario y su familia (esposa y dos hijas,) han ido discurriendo a lo largo de los años, «sin poderse acreditar con certeza el montante total ni la forma de llevarse a cabo, pero resultando incuestionables el hallazgo de 529.000 euros en su domicilio, así como una máquina de contar dinero, y varios pagos realizados por «los partícipes de la trama» que fueron canalizados a través de la empresa fantasma Parivara Lagani, con la que quiso «aparentar la generación de ingresos reales». Para ello «utilizó a su esposa y después a sus dos hijas».
El fiscal menciona un pago de 56.000 euros que realizó José Saiz al funcionario por la consecución de un contrato de podas, así como otros pagos de Rucecan, por la obtención de obras entre 2017 y 2020 o los realizados por José Luis Blanco entre 2020 y 2022.
La acusación pública también hace referencia en el escrito de conformidad las otras fórmulas de pago encubiertas que ideó el funcionario como la nómina de su esposa, que «fingió ser trabajadora de La Encina» y recibió en julio de 2019 un sueldo neto de 16.441 euros, o el disfrute de un Volvo XC40.
Asimismo, el funcionario recibió «numerosos pagos en especie» por obras y reparaciones en sus domicilios, para gasóleo, seguros, cambio de neumáticos, abono de sanciones, compras de material tecnológico para su esposa. «De esta forma Rucecan satisfacía sus gastos corrientes y Diez y su familia evitaban realizar dispendios de su propio peculio, de forma que en los tres años investigados en sus cuentas solamente dispusieron de 100 euros».
De las comunicaciones intervenidas y mensajería cruzada entre Diez y Jose Luis Blanco se desprende que en múltiples ocasiones el primero le solicitaba al segundo dádivas y regalos que eran rápidamente conseguidos con ánimo de agasajarle para que continuara otorgando a Api un trato favorable. Entre ellos, había entradas de fútbol para partidos de interés, entradas para los toros, reservas en hoteles, pagos de Forfait para esquiar en Baqueira Beret, obsequios navideños, el acceso de su hija a un colegio mayor de Madrid o un contrato de prácticas en Iberdrola.
Del conjunto de los apuntes intervenidos en los registros en domicilios y sedes de empresas y de mensajes relacionados con este tema se desprende claramente, según el fiscal, que, además de los pagos hasta ahora relatados el funcionario también recibió «cuantiosas sumas de dinero en metálico, si bien no cabe precisar la cuantía exacta al carecer lógicamente de registros documentales, pero que se confirman por la existencia en su domicilio de esos 529.400 euros».
1,6 millones en mordidas
El fiscal cifra en 1.623.257,16 euros el montante total de las mordidas recibidas por el funcionario teniendo en cuenta los 747.830 euros de la actividad simulada de fotocopias, los 144.353 de pagos por contrataciones, 59.427 euros por la actividad simulada de su esposa en La Encina Inmobiliaria, los 16.1016 euros del valora del arrendamiento del Volvo XC40 y los 655.539 euros del dinero en metálico así como la valoración por regalos y favores.
Según señala acusación pública, con la única pretensión de dotar un soporte documental a las transacciones ficticias diseñadas con el propósito de ocultar los pagos y darles apariencia de legalidad, el funcionario y su esposa «confeccionaron una retahíla de facturas presuntamente auténticas y las introdujeron en el tráfico jurídico (las contabilizaron, las declararon a Hacienda, abonaron IVA, etc..) cuando realmente no obedecían a negocio jurídico alguno y eran totalmente mendaces».
Mientras tanto, en las empresas Cannor, La Encina y Rucecan «se daba una identidad entre socios, administradores y representantes legales, tratándose de entidades personales carentes de una verdadera escisión entre personas físicas titulares y personas jurídicas diferenciadas, excluyéndose de esta forma la posibilidad de distinguir la imputación entre ambas para no incurrir en una doble penalidad».
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