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Control de los confinamientos perimetrales Sane
Sanidad amplía finalmente el cierre de los municipios hasta el día 12

Sanidad amplía finalmente el cierre de los municipios hasta el día 12

El decreto publicado en el BOC establece una prórroga de diez días en vez de las dos semanas habituales en este tipo de revisiones

Pilar Chato

Santander

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Martes, 1 de diciembre 2020

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El Boletín Oficial de Cantabria (BOC) ha publicado esta tarde una edición extraordinaria para formalizar la ampliación del cierre perimetral de los municipios anunciada estos días debido al nivel de alerta sanitaria en el que se encuentra la comunidad. El decreto establece finalmente una prórroga de diez días y no de los quince que se barajó en un principio como se ha hecho con la ampliación de otras medidas, como el toque de queda o los aforos de locales y hostelería.

De esta forma la ampliación entra en vigor a las 00.00 horas del día 2 de diciembre (cuando vencía el anterior decreto), es decir esta noche de martes a miércoles, y estará en vigor diez días naturales. El día 11 aún no se prodrá circular entre localidades, pero el 12 ya sí. Finalmente no será hasta el 16 como se había informado inicialmente pero aún así incluye todo el puente de La Inmaculada. Unos días en los que las autoridades sanitarias quieren evitar al máximo los desplazamientos y relaciones sociales que frenan la lenta recuperación de contagios de estos días y que provoque un incremento de la presión hospitalaria.

El decreto justifica esta prórroga en el hecho de que Cantabria mantiene una situación epidemiológica dentro del nivel máximo de riesgo (nivel 4) sin que se haya alcanzado todavía un control de la transmisión comunitaria. Sanidad admite que a fecha 29 de noviembre los indicadores sanitarios (ocupación hospitalaria y ocupación de UCI) se han reducido «muy ligeramente» mientras que los indicadores epidemiológicos a 7 y 14 días -incidencia acumulada, incidencia acumulada en mayores de 65 años y positividad de las pruebas diagnósticas- «muestran un decrecimiento más nítido, aún así el nivel global de alerta se mantiene en nivel 4».

En cualquier caso, admite que la situación es revisable en función de la evolución de los indicadores epidemiológicos y del impacto sanitario de las medidas que se han ido adoptando estos días.

En la jornada de ayer se contabilizaron 105 nuevos contagios. Cantabria está a punto de bajar al nivel de alerta, de 4 a 3, que sigue siendo alto, pero es señal de que la curva de contagios por covid, que se empezó a doblegar de forma tímida semanas atrás, ya dibuja una línea descendente más visible, al caer un 40% el número de nuevos infectados en los últimos días de noviembre. Sin embargo, y a pesar de estas cifras, no mejora aún en la misma proporción la presión hospitalaria y el goteo de fallecimientos no cesa. Cuatro más durante la jornada del lunes.

Qué implica el confinamiento perimetral

El cierre perimetral de los municipios implica que solo se puede salir del municipio de residencia para la asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios. También por motivos laborales, institucionales o legales, o para asistir a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil. Se incluye el retorno al lugar de residencia habitual o familiar y los desplazamientos vinculados a asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables. A esto hay que añadir la asistencia a exámenes, actuaciones ante los órganos públicos, judiciales o notariales, o las renovaciones de permisos o documentación oficial.

También están permitidas actividades de caza mayor para evitar la sobreabundancia de especies cinegéticas que causan daños en los ecosistemas, los ciclos productivos de la agricultura, en la ganadería y en la seguridad vial.

La movilidad con los municipios limítrofes tiene que estar debidamente justificada y sólo será posible para comprar productos de alimentación y de primera necesidad que no se puedan adquirir en el municipio de residencia, recolección en huertos, atención, explotación y alimentación de animales domésticos. También está permitida la práctica de cualquier deporte o actividad física individual, siempre que se limite a un municipio contiguo y con la única finalidad de dar continuidad a esa práctica. Sin embargo, no está permitido el desplazamiento por un medio que no sea la actividad física, aunque el objetivo sea practicar un deporte que no sea posible en el municipio de residencia, como el surf o el golf.

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