La pugna por el convenio del call center de Banco Santander llega a los tribunales
El Juzgado de lo Social nº 5 de Santander acogió ayer la vista oral por un conflicto colectivo que afecta a toda la plantilla ubicada en el Pctcan
El Juzgado de lo Social nº 5 de Santander acogió ayer el último capítulo de una pugna soterrada que se viene tiempo larvando en el ... Parque Científico y Tecnológico de Cantabria (Pctcan) en torno al marco laboral que debe regular la actividad de los empleados adscritos al centro de trabajo que Banco Santander tiene en el citado recinto, una instalación que se dedica principalmente a labores de asesoramiento telefónico. Los sindicatos interpusieron una demanda por conflicto colectivo con el convenio como eje nuclear del litigio, toda vez que los representantes de la plantilla entienden que no se les está aplicando la normativa adecuada, algo que la empresa rechazó ayer de plano e incluso propuso encuadrar al personal en unas condiciones menos favorables que las actuales.
En el centro del cisma, la disyuntiva acerca de si se debe emplear como regulador de las relaciones laborales del 'call center' el Convenio Colectivo de Oficinas y Despachos de Burgos extendido a Cantabria, lo que pretenden los sindicatos UGT y CC OO, promotores de la demanda. El banco, por contra, abundó en sus conclusiones en que «es materialmente imposible» esa pretensión ya que esa extensión «excepcional» recoge un listado de actividades económicas en las que no se encuadra la que se efectúa a diario en el Pctcan.
El asunto no es baladí. Primero, porque afecta a la totalidad del personal, unas 170 personas. Segundo, evidentemente, por la repercusión económica de la resolución, puesto que el cambio de convenio supone, para un agente raso como los que operan en el edificio de la capital regional, un incremento retributivo de varios miles de euros anuales.
UGT y CC OO defienden un convenio más favorable y el banco propone aplicar el relativo a contact center
La vista celebrada en la sede judicial de la Calle Alta, en Santander, gravitó principalmente en torno a tres cuestiones. La primera, si cabe en este caso aplicar el principio de «cosa juzgada positiva» en referencia a una sentencia firme previa de una exempleada de una ETT que prestaba servicio en Santander Operaciones, firma que es responsable del call center. Según los demandantes, es evidente que sí tiene importancia en el procedimiento actual, pero para la representación legal de la corporación no posee recorrido al entender que aquel fallo no sólo no fue contra el banco, sino que, además, se resolvió con otro convenio de Oficinas y Despachos de Burgos previo al actual, en vigor desde diciembre de 2019.
Más aún, y la disputa fundamental. ¿Cuál es el convenio colectivo que debe reglar las relaciones laborales en el centro de trabajo santanderino? El banco hoy en día aplica el convenio de Oficinas y Despachos de Madrid, pero insiste en que en ningún caso puede colegirse la idoneidad de utilizar la extensión burgalesa. ¿Por qué? Según Banco Santander, porque el «ámbito funcional» de esa transposición a Cantabria no afecta al call center. «La empresa Santander Operaciones no tiene en Cantabria el CNAE (Código Nacional de Actividades Económicas) aplicable de Burgos. Aplicamos el de Madrid por tener allí el domicilio social y por su contenido más amplio», sostuvo la compañía. Los sindicatos y el comité, por contra, defendieron entre otras cuestiones que la corporación había ido variando el CNAE de la empresa en los últimos años, aseveración afeada por la abogada de la entidad financiera.
Amenaza
Durante la vista el banco igualmente concretó una 'amenaza' deslizada internamente desde hace tiempo. «Puede concluirse que no sea de aplicación el convenio de Madrid, pero no conlleva la aplicación automática del de Burgos. Si acaso, acontece implementar el convenio estatal de contact center de telemarketing, que sí es totalmente acorde a la actividad que allí se realiza», planteó la empresa.
En este punto, los demandantes y el comité trataron de dejar claro que en el Pctcan no sólo se atienden llamadas, sino que incluso se monitoriza a personas social y económicamente relevantes. La justicia tiene ahora la palabra.
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