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Trabajadores de la planta de Volkswagen Navarra han tenido que parar su producción. Efe
No acudir al trabajo por el apagón no tendrá recorte de salario ni represalias

No acudir al trabajo por el apagón no tendrá recorte de salario ni represalias

El permiso retribuido aprobado por el Gobierno para situaciones especiales protege a los empleados que no puedan desplazarse a su puesto durante cuatro días prorrogables

Lunes, 28 de abril 2025, 17:33

Primero fue la pandemia, después se desató la Filomena, un volcán en La Palma y la mayor catástrofe natural de la historia que se cebó con fuerza en la Comunidad Valenciana. Pero las situaciones excepcionales que está viviendo España en estos últimos años vivió este lunes un capítulo más con un apagón sin precedentes en la historia reciente que ha paralizado la actividad económica en España y, en muchos casos, ha impedido a cientos de miles de trabajadores llegar a sus puestos de trabajo o terminarlo con éxito.

El caos ha vuelto a apoderarse del mercado laboral pero, en esta ocasión, las reglas están claras. El Gobierno ha legislado en estos últimos meses para proteger a los trabajadores de estas situaciones excepcionales cada vez más frecuentes en las que no puedan ir a desarrollar su actividad laboral para que no tengan ninguna penalización.

Así, los cerca de 22 millones de ocupados que hay en España están exentos de acudir a su puesto si eso implica algún tipo de riesgo para ellos, pero seguirán cobrando su sueldo íntegro y, además, no podrán sufrir ningún tipo de represalia por parte de la empresa. Así lo recordó este lunes el Ministerio de Trabajo y Economía Social y señaló que, para casos como este, el Estatuto de los Trabajadores establece un permiso retribuido de hasta cuatro días «por imposibilidad de acceder al centro de trabajo o transitar por las vías de circulación necesarias para acudir al mismo, como consecuencia de las recomendaciones, limitaciones o prohibiciones al desplazamiento establecidas por las autoridades competentes, así como cuando concurra una situación de riesgo grave e inminente, incluidas las derivadas de una catástrofe o fenómeno meteorológico adverso», según recoge el artículo 37g.

La ley establece, además, que transcurridos los cuatro días «el permiso se prolongará hasta que desaparezcan las circunstancias que lo justificaron». El Estatuto de los Trabajadores también recoge la posibilidad de que la empresa –que es la que paga este permiso, no el Estado– aplique «una suspensión del contrato de trabajo o una reducción de jornada derivada de fuerza mayor».

Ante esta situación excepcional, Trabajo quiere llamar a la calma y seguir las recomendaciones de las autoridades. «Es clave que se sigan únicamente las fuentes de información oficial y evitar la proliferación de noticias falsas», remarcó el Ministerio.

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