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Vía libre del Poder Judicial para apartar a Acayro

La resolución de la Sala obligará a la Comisión Permanente, máximo órgano de gobierno de los jueces, a suspender cautelarmente de sus funciones al magistrado

consuelo de la peña

Martes, 15 de diciembre 2015, 09:04

El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha hablado. Y ha condenado al Juez Luis Acayro a un año y tres meses de cárcel, y tres años de inhabilitación. Ahora le toca pronunciarse al Consejo General del Poder Judicial sobre la situación profesional en que queda el juez tras la sentencia condenatoria. La resolución de la Sala obligará a la Comisión Permanente del Consejo, máximo órgano de gobierno de los jueces, a suspender cautelarmente de sus funciones al magistrado, que quedará apartado provisionalmente hasta que la sentencia sea firme. En la actualidad, el juez Acayro Sánchez se encuentra de baja laboral, una situación que solicitó cuando el pasado mes de octubre el Tribunal Supremo acordó revocar el archivo del proceso acordado por la Sala de lo Civil y Penal y reabrir la causa. Desde entonces la Comisión Permanente de este órgano se ha reunido en varias ocasiones, pero no debatió el caso Acayro dada la inminencia del juicio, celebrado el pasado día 4 de diciembre.

Una vez dictada sentencia condenatoria, el órgano disciplinario podría acordar la suspensión cautelar de sus funciones de magistrado en tanto la sentencia adquiere firmeza. Si la resolución hecha pública ayer es recurrida en casación ante el Supremo no podrá ser ejecutada y habrá que esperar a que se pronuncie el Alto Tribunal.

Otra cuestión que habrá que dilucidar en el trámite de ejecución, en el caso de que se confirme la condena, es el alcance de la pena de inhabilitación. Algunas fuentes entienden que esa pena supondrá la pérdida de la condición de juez de Acayro, que sólo podrá volver a la carrera judicial si supera una nueva oposición a la magistratura. Pero en otros medios jurídicos aseguran que el magistrado podría reincorporarse a la judicatura una vez cumplida la condena. Es decir, que podría ser rehabilitado una vez cumplidos los tres años de inhabilitación.

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