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Celedonio Martínez
El juez considera fraudulentas las contrataciones en prácticas de Ambuibérica

El juez considera fraudulentas las contrataciones en prácticas de Ambuibérica

La sentencia condena a la adjudicataria del servicio de ambulancias del Gobierno regional a cubrir los puestos de trabajo mediante contratación laboral ordinaria

Pilar Chato

Santander

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Jueves, 14 de diciembre 2017, 18:54

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El Juzgado de lo Social número 3 de Santander ha declarado contraria a derecho la práctica de Ambuibérica, empresa concesionaria del servicio de ambulancias del Gobierno de Cantabria, de cubrir mediante contratos en prácticas puestos de trabajo estructurales, permanentes y no coyunturales. La resolución judicial admite que la actuación de Ambuibérica fue «fraudulenta y contraria a derecho» -llegó a tener 65 contratos en prácticas de una plantilla de 375 personas-, «merece reproche judicial y debe ser rectificada por motivos obvios». Por ello, declara que estos puestos de trabajo deben ser cubiertos por medio de contratación laboral ordinaria, aunque rechaza que todos los contratos en prácticas pasen de forma automática a ordinarios, como pedía el sindicato USO que presentó la demanda, ya que habrán de estudiarse caso por caso.

USO denunció el pasado verano que Ambuibérica tenía en torno a un 25% de su plantilla cubierta por contratos en prácticas encadenados, llegando a cubrir un mismo puesto de trabajo durante más de 5 años con esta modalidad. Por esta razón presentó una demanda de conflicto colectivo ante el Orecla y el Juzgado de lo Social, acusando a la empresa de fraude de Ley y abuso de derecho por encadenar contratos en prácticas para cubrir puestos,de naturaleza permanente, estable e indefinida.

La sentencia dada a conocer hoy considera probado que Ambuibérica, que ejerce el transporte sanitario del Servicio Cántabro de Salud desde hace más de cinco años, ha realizado de forma regular contratos en prácticas para desempeñar trabajos «esencialmente con las mismas funciones» que un trabajador ordinario. Estos contratados han estado prestando ese servicio durante dos años con un salario que se corresponde con el 60 o el 70% del que percibe un trabajador ordinario, hasta que algunos han sido contratados de modo indefinido. Además, con antelación a ser contratados en prácticas, esos trabajadores ya habían superado dos años de formación con 300 horas de prácticas. La sentencia señala la existencia de un informe de la Inspección de Trabajo, realizado a raíz de una denuncia del Comité de Empresa, en el que ya se requiere a la empresa a transformar en indefinidos los contratos en prácticas de 10 trabajadores.

65 trabajadores en prácticas

«Como vulgarmente se expresa, los números cantan», señala la sentencia, que resalta el hecho de que en junio, cuando la Inspección comenzó la investigación, «la empresa contaba nada menos que con 65 trabajadores en prácticas, de un total aproximado de 375. Esto supone un 18%, cifra a todas luces abultada y desproporcionada, salvo que se pretenda defender que la empresa en ese momento estaba formando en prácticas a nada menos que 65 operarios». Reconoce que en noviembre esta cifra se habría reducido a 38, pero insiste en que pese a todo «se sigue entendiendo excesiva». «Quizás el requerimiento de la Inspección haya ayudado a reducir aquella primera cifra ciertamente llamativa de 65», apostilla el propio juez.

Asimismo, reconoce que los trabajadores en prácticas «realizarían básica y esencialmente las mismas funciones que sus compañeros trabajadores ordinarios» cuando según la legislación vigente «si fueren trabajadores en prácticas no deberían desempeñar, al menos ab initio, las mismas funciones que aquellos trabajadores de los que presuntamente deberían aprender». Además, el fallo judicial reconoce que había nueve trabajadores que previamente al contrato formativo habían prestado servicios en la misma empresa y en el mismo puesto de trabajo con un contrato de trabajo temporal.

El juez considera en su fallo, que la práctica de Ambuibérica «no persigue» el objetivo del contrato en prácticas que es permitir al trabajador aplicar sus conocimientos teóricos previos facilitándole una práctica profesional adecuada a su nivel de estudios.

Por el contrario, estima, como ya advirtió la Inspección de Trabajo, que los contratados en prácticas, después de superar un curso de formación de dos años, se incorporen con «las mismas funciones que los trabajadores de carácter ordinario».

USO destaca la «especial relevancia» de esta sentencia al tratarse de una empresa que realiza un servicio público y que está contratada por la Administración regional, a la que reprocha que no establezca «controles básicos» para evitar «la precarización, el fraude y el abuso empresarial». Por ello, el sindicato insta al Gobierno de Cantabria «a que tome las medidas oportunas para evitar nuevos abusos y bochornos políticos como el que se desprende de esta sentencia».

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