Nueve meses de cárcel para una madre que quiso dejar a su hijo en una bolsa en Valdecilla
El juez no se pronuncia sobre la inhabilitación de la mujer para ejercer la patria potestad del menor porque el bebé fue dado en adopción
PPLL
Miércoles, 14 de octubre 2015, 18:30
El Juzgado de lo Penal número 2 de Santander ha condenado a nueve meses de cárcel a una madre que quiso dejar a su hijo recién nacido dentro de una bolsa de deporte en el vestíbulo del Hospital de Valdecilla, donde una empleada impidió que se fuera y encontró al niño oculto en la bolsa.
En la sentencia, dictada el pasado 10 de octubre, el titular de este Juzgado, José Hoya, no se pronuncia sobre la inhabilitación de la mujer para ejercer la patria potestad del menor, ya que el niño fue dado en adopción.
Los hechos se produjeron en agosto de 2013, cuando la mujer, de nacionalidad moldava, se acercó a la recepción del edificio Dos de Noviembre del Hospital de Valdecilla, y posó sobre el mostrador una bolsa, diciendo a una empleada que la dejaba allí y volvería en un rato a recogerla.
La empleada se acercó a la mujer y le dijo que no podía dejar la bolsa, pero después la ayudó a sentarse en una silla del hospital al ver que estaba pálida y sudaba. En ese momento, la trabajadora oyó unos "maullidos" provenientes de la bolsa y al abrirla vio a un bebé varón envuelto en una manta.
La trabajadora llamó a la Policía que acudió al hospital y, posteriormente, se procedió a atender a la mujer y al bebé que presentaba buen estado de salud, estaba lavado y con el cordón umbilical cortado y ligado.
La madre, que se constató que podía haber parido al niño hacía una hora, tuvo que recibir una transfusión de sangre y sutura quirúrgica.
El juez rechaza en la sentencia, que puede ser recurrida, que la mujer pariera en la calle y que dejara al niño en el hospital porque no tenía medios económicos, ya que, en el primer caso, recuerda que el bebé había sido bañado y tenía el cordón umbilical ligado.
En el segundo caso, el magistrado recuerda que la mujer tenía a su madre en España desde hace años, ya que ésta acudió posteriormente a la Residencia Cantabria para conocer del estado de su hija, y además añade que los extranjeros cuando llegan al país conocen que la existencia de "medios básicos de auxilio" a los que pueden acudir en situaciones de desamparo.
También indica el juez que una situación de dificultad económica "en ningún caso permitiría justificar una agresión a la salud del menor y a los deberes de guarda custodia y amparo de este y más en sus primeras horas de vida, las de mayor riesgo".
El juez, que impone a la mujer las costas del proceso, recuerda que la mujer dio una identidad falsa a la Policía y que no culminó "su marcha definitiva" del hospital por la intervención de la empleada y por su propio estado físico, con lo que considera que es culpable de un delito de abandono temporal de un menor.
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