Los tutores no serán servicios mínimos en la huelga de Educación
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC refuta al Gobierno y suspende parte del decreto que había sido renunciado por los sindicatos
Los tutores de Educación Infantil y 1º de Primaria no estarán considerados servicios mínimos en la huelga docente convocada para el lunes 8 y el ... martes 9. Así lo ha acordado la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ante el recurso de Comisiones Obreras al decreto aprobado por el Ejecutivo regional la jornada de ayer. Las dos primeras jornadas de huelga, por lo tanto, contarán con el equipo directivo y un docente en los centros de hasta 400 estudiantes, hasta un máximo de cinco profesores más la dirección en los de más de 700.
La información sobre la decisión judicial se conoció durante la reunión de la mesa de diálogo constituia este viernes una vez más en un último intento por alcanzar un acuerdo antes de que arranque el curso el próximo lunes y que no lo haga con una huelga, aunque la negocaición ha quedado rota.
El recurso al decreto del Gobierno de Cantabria que ha derivado en la resolución judicial conocida esta mañana llegó con las denuncias de los sindicatos que conforman la Junta de Personal Docente (STEC, ANPE, CC OO, TÚ y UGT). Explicaron que la decisión de la Consejería de Educación «impedía un derecho fundamental» a «más del 90% de la plantilla en Infantil y más de un 43% en Primaria».
Mientras tanto, el área de Sergio Silva aseguró que la decisión de incorporar a los tutores como personal esencial tenía el objetivo de «no perjudicar al alumnado», especialmente en las primeras etapas educativas y para quienes cambian de ciclo.
El auto del TSJC, contra el que no cabe recurso, señala que, si bien el tutor o tutora desempeña «una función especialmente relevante, considerando que son solo dos días de huelga«, le parece a la Sala que esa función podría ejercerla alguno de los docentes que, según el decreto, »conforma los servicios mínimos». Sí se mantiene el resto del personal esencial que recoge el decreto: la presencia del equipo directivo y un número determinado de docentes en función del número de alumnos de cada centro.
Y ello porque «habida cuenta de la relevancia de los derechos y valores afectados por la huelga, los servicios mínimos relativos al equipo directivo y los docentes añadidos en razón del número de alumnos de cada centro no constituye una desproporción manifiesta ni una limitación desmesurada del derecho de huelga».
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