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Acayro rechaza el pago inmediato de 5,4 millones que Ascán reclama a Castro

El magistrado, recién incorporado al Juzgado de lo Contencioso Nº2, señala que la ejecución de la sentencia que ganó la empresa «puede ocasionar un perjuicio muy grave al Ayuntamiento»

Abel Verano

Jueves, 22 de septiembre 2016, 07:33

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Luis Acayro Sánchez, recién incorporado al Juzgado de lo Contencioso Número 2 de Santander, ha desestimado la solicitud de la empresa Ascán responsable de la gestión del agua en Castro Urdiales en la que reclamaba al Ayuntamiento el pago de 5,4 millones de euros en concepto de ejecución provisional de una sentencia en la que este juzgado atendió parte de su reclamación por un desequilibrio económico.

En un auto de cinco páginas, Acayro rechaza la pretensión de la responsable del servicio de aguas de Castro, que llegó a reclamar ante este juzgado 15,6 millones de euros, «ya que la ejecución provisional de la sentencia puede ocasionar una situación de perjuicio muy grave al normal funcionamiento del Ayuntamiento».

Para llegar a esta conclusión, el magistrado se basa en el contenido de los informes del interventor y la tesorera municipal de Castro en los que se apunta que el abono de inmediato de dicha cantidad podría suponer «la modificación del precio de los contratos de obras, servicios y de suministros en vigor con las indemnizaciones correspondientes, el incumplimiento de los compromisos de colaboración adquiridos con entidades públicas y privadas mediante la reducción o eliminación de transferencias y subvenciones comprometidas».

Asimismo, los técnicos municipales de Castro señalan en sus informes que el abono de los 5,4 millones podría suponer al Ayuntamiento la supresión de inversiones por rescisión de contratos o la imposibilidad de abono del 50% de la paga extraordinaria de diciembre de 2012 a los funcionarios.

En este sentido, Acayro asegura en su auto que, aunque no se hayan concretado qué contratos, inversiones o compromisos se verían afectados, «es obvio que tendrían que ser objeto de una valoración individualizada por parte del Ayuntamiento en el caso de acordarse la ejecución provisional pero, sin duda, el número sería importante por el importe que tendría que destinarse a la ejecución». Respecto al abono del 50% de la paga extraordinaria a los funcionarios, el magistrado señala que «es otro perjuicio relevante y objetivo porque es un derecho adquirido cuyo retraso no estaría justificado».

Resolución del recurso

Por último, Acayro hace referencia al hecho de que el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha señalado para el próximo 6 de octubre la votación y fallo del recurso que presentó el Ayuntamiento de Castro contra la sentencia favorable a Ascán, por lo que, en aras de un principio de prudencia, «se hace innecesaria la ejecución provisional solicitada una vez ponderados los intereses en conflicto en los términos indicados».

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