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Entrada de la planta de Bridgestone en Puente San Miguel. Luis Palomeque
Convocados siete días de paro en Bridgestone para reclamar un convenio colectivo general

Convocados siete días de paro en Bridgestone para reclamar un convenio colectivo general

La mayoría del comité anuncia paros del 29 de enero al 4 de febrero mientras la empresa afirma que la medida es «irresponsable» y que sigue abierta a negociar

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Martes, 16 de enero 2018, 07:21

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Tras una nueva reunión negociadora, que se produjo ayer mismo en Basauri, no se ha evitado la convocatoria de huelga en Bridgestone, que tendrá su reflejo en la planta cántabra de Puente San Miguel. El comité intercentros entiende que la empresa no quiere dar pasos para contar con un convenio de eficacia general y parece conformarse con el acuerdo alcanzado con CC OO, si bien fuentes de la compañía afirman que están abiertos al diálogo para lograr un pacto general. Los paros serán de 7 días, del 29 de enero al 4 de febrero, pero no se descartan nuevas medidas de presión. El nulo acercamiento en torno a los incrementos salariales ha sido el detonante de la ruptura .

Los sindicatos UGT, BUB, ELA y USO (SITB), que tienen mayoría en el comité intercentros, han emitido un comunicado en el que explican la convocatoria de la huelga. «No podemos aceptar que tras dos años de negociaciones, de los tres puntos propuestos (incremento salarial, jornada y regulación de las contrataciones) se cierre el punto del incremento salarial. Aquí hemos venido a negociar y si la postura de la empresa es ésta no tiene ningún sentido continuar y, por lo tanto, instamos a la empresa a que reconsidere nuestros puntos en conjunto para la negociación», exponen en un comunicado. Además, «lamentan la actitud de la empresa por su nula intención de llegar a acuerdos».

La Audiencia Nacional valora hoy la eficacia limitada tras la demanda presentada por USO

Lo cierto es que la situación de Bridgestone se viene a sumar a la polémica que ya se ha suscitado con otros acuerdos de eficacia limitada similares, como ha sido también el de la empresa Cuétara. Los sindicatos quieren que haya más luz sobre este tema y, precisamente USO a nivel nacional ha llevado la cuestión a los tribunales y hoy mismo se celebra la vista en la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ante la reclamación de tulela de derechos fundamentales y de libertad sindical.La resolución que se emita será importante no sólo para el conflicto de Bridgestone sino para todos los que se puedan plantear en el futuro ya que la negociación colectiva se encuentra en estos momentos en entredicho.

Esta demanda pretende que sea retirada y considerada ilegal la pretensión de la empresa Bridgestone de aplicar la adhesión tácita del Acuerdo de Eficacia Limitada suscrito con CC OO ya que se pretende que los efectos del acuerdo suscrito en materia de negociación colectiva sea aplicado a todos los trabajadores que no manifiesten expresamente su voluntad de no aplicación del Acuerdo de Eficacia Limitada ante la dirección de la empresa. Para USO, esto supone una lesión a la libertad sindical y solicita que la adhesión sea explícita, individual y voluntaria.

Los convenios colectivos extraestatutarios o de eficacia limitada son aquellos que por negociarse sin cumplir los requisitos regulados en los artículos 87-89 del Estatuto de los Trabajadores poseen sólo fuerza vinculante limitada a las relaciones individuales de trabajo de los trabajadores y empresarios afiliados y asociados a las organizaciones que los han firmado. No pueden limitar derechos reconocidos en convenio colectivo vigente o, en su caso, en situación de ultractividad.

Por su parte, a través también de un comunicado, Bridgestone considera «irresponsable» alentar en este momento un conflicto laboral «con planteamientos que se sabe son inasumibles» y que obedecen «más a tensiones intersindicales que a otra cosa» y estima que «medidas así empeoran el ambiente dentro de la empresa de forma injustificada».

La mayoría del comité aboga por un convenio general y la empresa dice que también lo quiere

Bridgestone recuerda que se anuncio un importante plan de inversiones para los próximos 5 años, que implica una gran modernización de las fábricas y un incremento de su capacidad. La ejecución de este plan permitiría consolidarlas para muchos años.

Por eso, considera «incoherente» que no se tenga en cuenta que se «ha trabajado a lo largo de dos años con concesiones sustanciales por parte de la empresa para llegar a un convenio razonable para todas las partes» y añade que «las aportaciones de la mesa negociadora en este tiempo han sido pocas, dando poco margen de negociación».

Se pide incremento del 1,25% para 2018 y 1,5% para 2019.

En cuanto a la reunión de la mesa negociadora de ayer, la empresa señala que «el planteamiento que se nos ha hecho es contradictorio con las posiciones que ha mantenido en la negociación alguno de los sindicatos que lo efectúan».

La propuesta sindical

La mayoría sindical propone un incremento salarial del IPC para los años 2016 y 2017, un incremento del 1,25% garantizado con revisión al alza del IPC para el año 2018 y un 1,5% en los mismos términos para el año 2019. Con respecto a la llamada 'flexibilidad positiva' se pretende su eliminación y el cambio por incremento de jornada. Respecto a las nuevas contrataciones, la parte social pretende se acuerde un porcentaje de eventuales para su pase a un contrato indefinido y la regulación de la contratación de trabajadores en prácticas.

La mayoría del comité cree que la empresa no quiere negociar y ésta se muestra abierta al diálogo

En cuanto al incremento salarial, la empresa indicó que después de dos años de negociación, ha quedado claro hasta dónde puede llegar y añade que «es importante destacar que desde enero de 2018 se comienza de nuevo a devengar antigüedad, suponiendo ésta un coste equivalente al incremento salarial del IPC. Sobre las otras dos materias la empresa entiende que se trata de cuestiones cuyo contenido concreto depende totalmente de la redacción que se les dé. Por este motivo, ha solicitado a la parte social que facilite una propuesta de redacción que recoja los dos últimos puntos mencionados. Asimismo, una vez recibida dicha propuesta, la empresa «estaría en disposición de organizar una reunión en 48 horas y prolongarla cuanto fuera necesario para dejar, en caso de acuerdo, firmado el convenio colectivo de eficacia general o constatar que el acuerdo no es posible». Bridgestone insiste en que está abierta al diálogo, ya que su intención es convertir el convenio de eficacia limitada en convenio de eficacia general», pero entiende que «hasta su concreción no podemos valorarlo».

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