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Una persona presenta la declaración en una oficina de la Agencia Tributaria. Efe
Cómo pedir ayuda a Hacienda para hacer la declaración

Cómo pedir ayuda a Hacienda para hacer la declaración

Los contribuyentes pueden solicitar cita presencial o elegir que le llame un empleado de la Agencia Tributaria para guiarle paso a paso, pero hay que cumplir unos requisitos

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Martes, 26 de marzo 2019, 07:07

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Desde el pasado día 15 de marzo ya se pueden consultar los datos fiscales para hacer la declaración de la Renta, aunque la campaña no empieza hasta el próximo 2 de abril, dentro de solo una semana. Aunque es ese día cuando se puede presentar la declaración, un día antes se abre el periodo para pedir cita previa al plan 'Le llamamos' de la Agencia Tributaria.

Y es que desde Hacienda nos permiten dos sistemas para ayudar 'personalmente' al contribuyente en el trámite de hacer la declaración. Se puede ir directamente a una de las oficinas de la AEAT -previa petición de cita a partir del 9 de mayo- o, más fácil aún, elegir que un empleado de Hacienda le llame por teléfono para ayudarle paso a paso en la liquidación del IRPF.

¿Qué casillas tengo que utilizar en mi declaración de la renta?:


Pero hay excepciones. El servicio presencial solo puede ser utilizado por contribuyentes cuyas rentas del trabajo no superen los 65.000 euros ni el rendimiento por capital ascienda de los 15.000 euros. Y por el lado de la llamada, quedan excluidos todos los que tengan algún tipo de ingresos de capital inmobiliario como alquileres.

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    Vía telefónica

El plan 'Le llamamos' se puso en marcha en la campaña de la Renta del año pasado con el objetivo de evitar el desplazamiento de los contribuyentes a las oficinas y adelantar la tramitación de la declaración. Desde la AEAT señalan que este servicio permite que la asistencia presencial pueda «especializarse en la realización de declaraciones más complejas».

Se puede solicitar el servicio hasta el 28 de junio eligiendo el día y la hora en que la Agencia se pondrá en contacto con el contribuyente para presentar su declaración. Las citas se facilitan cada 15 minutos y las llamadas se hacen entre las 9 y las 20.30 horas.

Los interesados pueden pedir la asistencia en los teléfonos 915530071 y 915357326, a través de internet o por la aplicación móvil de la AEAT.

En el momento en el que Hacienda nos llama se autentificará el titular de la declaración y tendrá que estar presente el cónyuge en caso de presentar la declaración de forma conjunta. Hay que tener a mano el número de referencia del titular de la declaración, el DNI de todos los que figuren en la declaración (cónyuge, hijos), el número de cuenta bancaria y las referencias catastrales de los inmuebles en propiedad o en el que viva de alquiler. En este último caso, también se necesita datos del arrendados y las cantidades pagadas por el alquiler.

Requisitos

Para poder beneficiarse de esta ayuda telefónica no hay límites de renta, pero sí existen otros requisitos. Por ejemplo, quedan excluidos todos los contribuyentes con algún tipo de ingresos de capital inmobiliario como alquileres.

Tampoco lo podrán utilizar cuando haya registrado algún ingreso por actividades económicas ya sea por estimación directa o por módulos, con lo que los autónomos quedan fuera de este servicios.

Y los que tampoco podrán utilizar esta vía son los que se van a aplicar deducciones por doble imposición internacional, regularización de la cláusula suelo y compensación de pérdidas patrimoniales de años anteriores.

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    Atención presencial en las oficinas

El año pasado acudieron 2.300.000 personas a realizar la declaración de forma presencial a una de las oficinas de la Agencia Tributaria en todo el territorio español, según los datos de Hacienda.

Aunque la campaña de la Renta empieza el 2 de abril, los que quieran utilizar esta opción tendrán que esperar al 9 de mayo para solicitar cita previa por internet, a través de la app de la AEAT o por teléfono (901223344 / 915530071). Se podrá solicitar la cita hasta el 28 de junio y la Agencia comenzará a recibir gente a partir del 14 de mayo y hasta el 1 de julio.

El día de la cita hay que acudir con el DNI del titular y fotocopia del DNI de los que figuren en la declaración, autorización firmada por otros declarantes si se quiere realizar la declaración en su nombre, número de cuenta bancaria, así como referencias catastrales de los inmuebles en propiedad o en los que viva de alquiler.

Requisitos

No podrán confeccionar la liquidación del IRPF de forma presencial si la renta del trabajo supera los 65.000 euros o sus rendimientos por capital suman más de 15.000 euros.

Tampoco cuando existan ingresos por los alquileres de más de dos inmuebles o dos contratos. Así como supuestos de actividades económicas en estimación directa, ni alteraciones patrimoniales procedentes de más de dos transmisiones, ya sea venta de inmuebles u otros bienes.

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