El TSJC obliga al Gobierno a aprobar el Plan de Suelo Rústico de Comillas
El tribunal estima por «silencio administrativo» la demanda del Ayuntamiento y de un particular, que reclamaron la validación del documento para construir en este tipo de terrenos
El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha estimado la demanda presentada por el Ayuntamiento de Comillas y un particular –representado por la firma ... IUVE Abogados– y ha condenado al Gobierno de Cantabria a aprobar el Plan Especial de Suelo Rústico (PESR) de Comillas «por silencio administrativo», así como a proceder a su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC). La sentencia, contra la que cabe recurso ante el Tribunal Supremo (TS), también condena a costas a la administración regional.
Según explican los demandantes a El Diario Montañés, el procedimiento, iniciado en 2021, «desbloquea la situación urbanística del suelo rústico» en el municipio monumental y costero mediante un instrumento que, según la resolución judicial, «respeta el crecimiento ordenado y sostenible» de la también conocida como villa de Los Arzobispos. Argumentan también que el fallo adquiere «especial relevancia» porque el propio TSJC había rechazado en 2023 otro recurso similar de otro particular que pedía este reconocimiento de la aprobación del plan por el mismo concepto de silencio administrativo.
El Ayuntamiento de Comillas inicia la redacción del plan en el año 2011, de cara a facilitar la construcción de vivienda aislada y familiar en suelo rústico
Para explicar bien este asunto hay que retrotraerse al año 2011. En esa época, el Ayuntamiento inició la redacción del citado plan con el objetivo de contar con una herramienta urbanística que ya venía contemplada en la modificación de la Ley del Suelo de Cantabria para la regulación y ordenación de la construcción de viviendas aisladas de carácter unifamiliar en suelo rústico. Un instrumento que se creo de cara a agilizar los trámites para el desarrollo del suelo en aquellos lugares con planes generales atascados y en plena redacción. Así, Comillas fue uno de los primeros municipios que inició la redacción de un PESR. Una tramitación que se prolongó hasta el año 2019, en el que se sometió a información pública el documento. Tras dar respuesta a las alegaciones, el equipo redactor lo mandó a la Comisión Regional de Ordenación del Territorio y Urbanismo (Crotu) para su aprobación definitiva en 2020. Sin embargo, el organismo regional no dio respuesta alguna ni emitió informe en el plazo previsto de cuatro meses, aunque si lo hizo después la Dirección General de Urbanismo pidiendo varios informes a Demarcación de Costas y la Confederación Hidrográfica del Cantábrico (CHC). Al tratarse de una petición considerada «extemporánea», se solicitó la emisión del certificado de aprobación del documento por silencio administrativo y esto es lo que dió lugar a la demanda judicial.
Durante el proceso, el Gobierno de Cantabria alegó que el recurso contencioso del Ayuntamiento de Comillas era «extemporáneo» y que el expediente urbanístico «no estaba completo», por lo que no se cumplían los requisitos para aprobar el plan por silencio.
Por su parte, el consistorio y el particular recurrente defendieron que el plazo legal «había transcurrido sin resolución expresa y que el expediente estaba íntegro, insistiendo en que los informes sectoriales que impedían la aprobación –según mantenía el Gobierno de Cantabria– estaban fuera de plazo.
Además, el informe pericial elaborado por la empresa Planea Medioambiente y Urbanismo concluyó que los citados informes de Costas y la CHC no eran negativos, sino que «recogían errores subsanables y condiciones a cumplir en la fase de ejecución».
Por todo ello, la Sala, rectificando su criterio anterior, considera ahora acreditados los requisitos para la aprobación del planeamiento por silencio administrativo, dando vía libre a la aplicación del PESR de Comillas, obligando a que se publique en el BOC.
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