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Aunque el auto dictado por el Juzgado de lo Mercantil no es firme, porque puede recurrirse, tendrá efectos inmediatos./ Foto: Andrés Fernández
A petición de la propia empresa

El Juzgado declara en concurso de acreedores a B3 Cable ante la incapacidad de afrontar pagos

Se abre un plazo de un mes para que los acreedores comuniquen a los administradores concursales el importe que les adeuda la empresa

EFE

Viernes, 5 de octubre 2012, 19:07

El Juzgado de lo Mercantil de Santander ha declarado en concurso de acreedores a B3 Cable Solutions, a petición de la propia empresa, ante la incapacidad de la sociedad para hacer frente a sus pagos.

Así se acuerda en un auto difundido por el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) en el que se nombra ya uno de los administradores concursales y se pide información adicional para nombrar otro más.

En el auto, la titular del Juzgado, María del Mar Hernández, asegura que la documentación aportada por la empresa muestra que la planta de Maliaño, que tiene una plantilla de 308 trabajadores, actualmente en expediente de regulación de empleo, se encuentra en situación de insolvencia.

Asegura que las dificultades económicas afectan a sus dos ramas de actividad, tanto la de fabricación de cable de cobre como la de fibra óptica, y se deben a la situación generalizada del mercado y a la evolución del coste de las materias primas.

La resolución asegura que en las circunstancias actuales la empresa no tiene capacidad económica para hacer frente a sus obligaciones y, por ello, declara a B3 Cable en concurso de acreedores.

Se trata de un concurso voluntario, porque lo solicitó la propia empresa. Pero además, el Juzgado acuerda declararlo de especial trascendencia, porque el número de trabajadores afectados supera el centenar.

El hecho de considerar el concurso de especial trascendencia permite nombrar un administrador concursal entre los acreedores de créditos ordinarios o con privilegio general no garantizado.

En este caso, dado el número de trabajadores, ese administrador concursal podrían ser un representante del personal, dependiendo de cuál sea el importe adeudado a la plantilla y su peso sobre el total de las deudas de la empresa.

Por eso, el Juzgado ha pedido a la compañía que aporte información adicional sobre las deudas con los trabajadores para poder nombrar el segundo administrador concursal.

Por lo pronto, ya se ha nombrado al otro administrador responsable de supervisar el proceso. Será la firma Landwel PricewaterhouseCooper Tax & Legal Services, ya que dado el volumen de acreedores afectados en este concurso se ha optado, no por un administrador individual, sino por una empresa con la estructura de personal necesaria para realizar la tarea.

Aunque el auto dictado por el Juzgado de lo Mercantil no es firme, porque puede recurrirse, tendrá efectos inmediatos. Así, los responsables de la empresa quedan suspendidos de sus facultades de administración, que pasarán a la administración concursal.

El administrador ya nombrado tiene un plazo de cinco días para personarse en el Juzgado y aceptar el cargo. El otro se nombrará cuando se tenga la información adicional solicitada a la empresa.

Al mismo tiempo, se abre un plazo de un mes para que los acreedores comuniquen a los administradores concursales el importe que les adeuda la empresa; y otro de quince días para que la administración concursal presente un plan de liquidación para elaborar la relación de bienes y derechos del activo de la compañía.

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