Sentencia firme para las cuatro trabajadoras de Sierrallana condenadas a prisión por acoso laboral
El Juzgado de lo Penal confirma las penas de tres a cinco años de cárcel por coacciones a varios compañeros del laboratorio de Anatomía Patológica de 2011 a 2019
La sentencia ya es firme. La trama de acoso laboral que protagonizaron durante más de ocho años cuatro trabajadoras del Hospital Sierrallana (técnicos del laboratorio ... de Anatomía Patológica) sobre sus compañeros se salda con una condena ejemplar, que fue emitida en enero de 2024 por el Juzgado de lo Penal nº 3 y ratificada en junio por la Audiencia Provincial de Cantabria: Penas de cinco años de cárcel para tres de las acusadas por seis delitos de coacciones y de tres años para la cuarta, con uno menos en la lista, además de multas de 14.400 euros para cada una y las correspondiente indemnizaciones a sus víctimas. Es el precio a pagar por la rutina de insultos, mofas, vejaciones y hostigamiento de las integrantes de aquel «grupo de presión y de poder» (amigas íntimas entre sí) sobre el resto de personas que fueron trabajando en el citado laboratorio de Sierrallana, bien porque «no quisieran seguir sus directrices» o porque resultaran un «estorbo» en su afán por «consolidar su puesto de trabajo en el servicio».
Cabe recordar que la primera denuncia data de 2011 y fue formulada por el entonces delegado de USO José María Fernández Cobo –después de UGT–, que no dejó que el tema muriera en los despachos, aunque tuvo que llamar a muchas puertas e insistir, con pruebas documentadas, para que se actuara contra las cuatro acosadoras «ante la pasividad de muchos observadores». Él ha sido el primero en recibir el agradecimiento de las víctimas ahora que ponen punto final a la pesadilla: «Esta sentencia no hubiera sido posible sin ti». Y es que hasta cinco Gerencias distintas pasaron por el hospital en tres legislaturas diferentes «sin que nadie hiciera nada» por parar la campaña de acoso y derribo, como evidencia el paso del tiempo –la secuencia de los hechos se prolongó hasta 2019– y la falta de medidas correctoras.
Fue precisamente esa inacción lo que alimentó «la posición de fuerza y dominación» de las condenadas –como indicó el juez en su resolución–, siempre con el fin de imponer su forma de trabajo y forzar, por la vía del «menosprecio» y «la intimidación», las renuncias de una decena de compañeros para ascender ellas mismas (tres eran interinas cuando empezaron las coacciones) en las listas de contratación. Y se da la paradoja de que, mientras algunas de las acosadas se vieron obligadas a cambiar de destino laboral o a cogerse bajas por el maltrato sufrido (con secuelas psicológicas incluidas), las cuatro condenadas no solo han continuado formando parte de la plantilla del Servicio Cántabro de Salud (SCS) hasta la actualidad, sino que las tres interinas han accedido a una plaza fija.
Como adelantó este periódico el pasado junio, una de ellas había presentado su solicitud al concurso de traslados del SCS para incorporarse al laboratorio de Anatomía Patológica de Valdecilla, donde estabilizaron sus puestos en las últimas oposiciones otras dos de las acusadas. Aun con la sentencia publicada, hay compañeras afectadas, que en su día sufrieron las burlas y los menosprecios en su etapa en Sierrallana, que han tenido que seguir compartiendo jornada laboral con ellas en este último año y medio, «como si nada hubiera ocurrido. Es de locos», lamentan.
Ahora que ya es firme (no se hizo uso de la posibilidad de recurso), le toca actuar a la Consejería de Salud. Cuando trascendió la condena impuesta y se difundió el alcance de los hechos (enero de 2024), después de la investigación llevaba a cabo por la Inspección sanitaria (se abrió el expediente en 2019), el propio consejero, César Pascual, calificó de «extrema gravedad» lo descubierto, aunque apuntó que había que esperar a que llegara este preciso momento para «iniciar el procedimiento administrativo, siguiendo los pasos que marca la ley y siendo estrictos en el cumplimiento de la legalidad».
El auto del Juzgado de lo Penal número 3, con fecha del 22 de septiembre, acuerda dar traslado por 10 días a las penadas a través de su representación procesal a fin de que se pronuncien sobre la procedencia de la suspensión de las penas, sobre la modalidad de suspensión de la ejecución de las penas privativas de libertad que soliciten, así como la forma de pago y el plazo para hacer efectivas las sanciones económicas.
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