La Fiscalía recurre la negativa del Supremo a amnistiar a Puigdemont
El Ministerio Público «no discute» que haya existido malversación pero sí que el expresident tuviera un ánimo deliberado de enriquecerse
Ander Azpiroz
Madrid
Viernes, 5 de julio 2024, 11:46
La Fiscalía General del Estado que dirige Álvaro García Ortiz inició este viernes la batalla para revertir el auto del juez instructor de la Audiencia ... Nacional Pablo Llarena por el que el magistrado de la causa contra el 'procés' rechaza amnistiar a Carles Puigdemont por la malversación que sustenta la orden de detención vigente contra él.
El Ministerio Público presentó ayer dos escritos, uno ante el juez Llarena y otro ante la Sala Segunda del Supremo, para defender la aplicación de la amnistía al ex presidente catalán. En concreto, la Fiscalía apunta que, si bien la propia ley de amnistía excluye su aplicación en los casos de malversación para lucro personal, este hecho no queda acreditado en los casos del expresident catalán y los exconsejeros Toni Comín y Lluis Puig. Sobre los tres dirigentes independentistas el Tribunal Supremo ha decidido mantener la orden de detención, que se aplicará en caso de que cualquier de ellos pisen suelo español. A este respecto la Fiscalía, solicita al juez Llarena que se retire esta orden de detención, lo que de darse en el plano político Puigdemont podría acudir de forma presencial a una futurible sesión de investidura en el Parlament. El líder de Junts, que aspira a volver a ejercer como presidente de la Generalitat aseguró durante la campaña para las elecciones del pasado 12 de mayo es que regresaría a Cataluña para su investidura, al margen de las repercusiones judiciales que podría acarrearle, incluida un más que seguro ingreso en prisión por el delito de malversación para lucro personal que el Supremo mantiene sobre su persona.
El argumento del Supremo
La Sala de lo Penal que juzgó y condenó a los 12 líderes independentistas, por una parte, y el juez instructor de la causa Pablo Llarena, del otro, resolvieron el pasado lunes que los hechos relativos a los pagos para la celebración del referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017 no tienen encaje en la norma que entró en vigor el pasado 11 de junio. Este es el punto en el que incide la Fiscalía y en el que asegura que Puigdemont no se benefició personalmente del desvío de dinero de las arcas públicas, aunque sí se da por constatado que esos fondos se asignaron a la celebración de la consulta ilegal.
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