Un estudio cifra en 6.100 las ventas de inmuebles gravadas con plusvalías inexistentes
La Sociedad de Tasación Tinsa ha cruzado los datos de los precios de las viviendas con los del Colegio de Registradores
Enrique Munárriz
Martes, 14 de marzo 2017, 07:55
Si usted ha vendido o heredado una vivienda en los últimos cuatro años por menos dinero del que originalmente la compró, puede tener base legal ... para reclamar al Ayuntamiento de su localidad que le devuelva el impuesto de la plusvalía. Así lo atestigua una sentencia del Tribunal Constitucional (TC) publicada el pasado 16 de febrero, que afirma que no puede gravarse un teórico incremento del valor que no se ha producido en realidad.
Según un cálculo de la sociedad de tasación Tinsa, se habría pagado de más en unas 550.000 transacciones inmobiliarias desde febrero de 2013, que son las que podrían verse afectadas por este dictamen. De ellas, 6.100 se produjeron en Cantabria. Ahora, todas podrían en principio reclamar la devolución de este impuesto.
Una avalancha de demandas en este sentido podría ser un gran problema para los ayuntamientos. En Cantabria, los municipios han comenzado a recibir las primeras reclamaciones. En Santander, por ejemplo, ya han acumuladas 30 demandas, a la espera de que la Federación de Municipios explique a los consistorios cómo se ha de actuar, tal y como informó ayer este periódico. Sólo en 2016 los 102 Ayuntamientos de la región ingresaron en sus arcas 22,1 millones de euros.
A la espera de que se despeje la niebla jurídica que envuelve la resolución definitiva de la nulidad de la norma foral alavesa que regula el impuesto de Plusvalía por la venta de un inmueble cuando en realidad no ha habido ganancia ha abierto el camino, Tinsa ha cruzado para llegar a esta cantidad los datos de su índice de precios de vivienda (MIE) y las cifras del Ministerio de Fomento y del Colegio de Registradores. Además, en esta bolsa de viviendas que supuestamente se habrían visto afectadas, se incluyen no solo operaciones de compraventa, sino también donaciones, permutas y herencias, ya que éstas también están gravadas con el impuesto de plusvalía.
Cuestión de tiempo
En un fallo dictado hace tan solo 15 días, el Constitucional avala que no puede exigirse al vendedor de un inmueble el pago de un impuesto que grava un incremento del valor que, en realidad, no se ha producido, ya que también se paga cuando el inmueble se ha vendido con pérdidas. Según Tinsa, es cuestión de tiempo que se resuelvan en este mismo sentido las numerosas cuestiones planteadas por otros juzgados sobre el impuesto de plusvalía municipal.
En Cantabria, ningún concejal de Hacienda se atreve a aventurar el tamaño del agujero que el fallo judicial causará en sus ingresos. En Santander han entrado hasta el momento 30 reclamaciones, que se registran pero no se tramitan; en Castro Urdiales han entrado dos reclamaciones de devolución de ingresos que se resolverán «caso a caso»; en Camargo, que en 2016 liquidó 650.000 euros de plusvalía, sólo ha contabilizado tres reclamaciones; y, entre otros, en El Astillero solo hay una.
Para demostrar que no hay ganancias, la director de Consultoría Técnica de Tinsa, María García, advierte de que «las escrituras de la última y penúltima compraventa del inmueble, que especifican el precio de transmisión, no son referencias suficientes». Tampoco lo son, añade, una estadística de variación media del valor de la zona o código postal donde se ubica el inmueble, ya que es necesario referenciar la evolución al inmueble en concreto.
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