El TSJC investiga si 16 viviendas del Tenis serán inhabitables tras el derribo parcial
La Sala de lo Contencioso ha aceptado el incidente de ejecución solicitado por los propietarios y da quince días a las partes para que aleguen
Giro de 180 grados en el caso Tenis de Laredo. Cuando parecía que el derribo parcial del edificio era inminente, el Tribunal Superior de Justicia ... de Cantabria ha aceptado ahora un incidente de ejecución a instancia de los propietarios para determinar si 16 de las 70 viviendas del edificio, las que están bajo cubierta, perderían su habitabilidad tras la demolición prevista.
En un auto al que ha tenido acceso El Diario Montañés, la Sala de lo Contencioso-Administrativo –integrada por Rafael Losada, José Ignacio López Cárcamo y Esther Castanedo– estima el recurso de los propietarios contra el auto de 25 de marzo en el que se declaraba nulo el Decreto de Alcaldía de 12 de febrero «por eludir los términos de la sentencia (que ordena el derribo parcial del edificio)», si bien hay un voto particular de Castanedo, que se muestra contraria a la decisión de sus compañeros. Las partes tienen quince días para presentar alegaciones.
En el auto de 25 de marzo, la Sala abordaba cuestiones planteadas por la comunidad de propietarios, que reclamaban que el Ayuntamiento redactara un proyecto de reconstrucción interior del edificio «al que se hace referencia en la memoria del proyecto de demolición para que éste quede ajustado a la legalidad».
Además, ese auto hacía referencia al incidente de ejecución de sentencia del artículo 109 LJCA (Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa), propuesto por los propietarios para ordenar la ejecución de los realojos, que se concedan las licencias de las viviendas afectadas y a finalizar las obras de aquellas que lo requieran, así como a prestar la garantía del artículo 108.3 LJCA, que hace referencia a la Orden de demolición y prestación de garantías suficientes para responder del pago de las indemnizaciones debidas a terceros de buena. Sin embargo, tanto en ese auto como en otros anteriores, la Sala ha desestimado la posibilidad de iniciar un nuevo incidente procesal, entre otras razones, porque «no se produce una demolición íntegra».
Pero ahora, partiendo de la base de que «el artículo 108.3 sólo se aplica cuando implica la desaparición física del inmueble», el tribunal considera que «no cabe descartar que las demoliciones parciales también se integren en su ámbito, en los casos en que impliquen desaparición de las condiciones legales que hacen habitable la vivienda, pues esto es tanto como perder la posibilidad de habitar y vivir en ella».
La Sala señala que la empresa Tragsa (encargada de ejecutar la demolición parcial) ha aportado escrito en el que «se ponía de manifiesto la posible afectación de las viviendas situadas bajo cubierta al no reunir las condiciones mínimas exigidas, al considerar que la habitabilidad de las mismas no reside exclusivamente en la superficie resultante tras la ejecución de la demolición de la cubierta».
Tras hacerse eco de estas conclusiones, los propietarios presentaron ante el tribunal diversa documentación «en la que se introducen dudas importantes sobre las viviendas existentes en el bajo cubierta de la edificación, porque el cambio del grado de inclinación que se ha de reducir a veinte grados desde los cuarenta y cinco que presenta en la actualidad puede implicar la desaparición incluso física de parte de las viviendas afectadas».
Obras de reforma interior
Entre esa documentación, se encuentra un informe técnico del arquitecto José Manuel Pisa, que participó en su momento en la redacción (a través de la empresa Pentia) del proyecto de derribo parcial del Edificio Tenis, en el que concluye que «sólo 3 de las 16 viviendas bajo cubierto podrían cumplir con la normativa de habitabilidad una vez realizada la demolición».
Además, señala que la memoria y retarifado del proyecto de derribo elaborado por Tragsa «no tiene en cuenta las consideraciones que realizamos en el informe de Pentia de 2009, en cuanto a que la reconstrucción interior será objeto de un proyecto de reforma que debería incluir todas las obras necesarias para mantener las viviendas del bajo cubierta en condiciones de habitabilidad...». Una actuación que, según defienden los propietarios, debería costear del Ayuntamiento de Laredo como condenado en este procedimiento.
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