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J.A
Santander
Domingo, 1 de junio 2025, 07:43
El último capítulo de esta historia interminable para los afectados por las sentencias de derribo ha sido la reciente anulación del Plan de Ordenación de ... los Recursos Naturales (PORN) de las Marismas de Santoña, Victoria y Joyel por parte del Tribunal Supremo, que ratifica la decisión que ya tomó en su día el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria y hace inevitable el derribo de 120 de las 254 viviendas condenadas del municipio. Ahora, sus propietarios deberán optar por una de las dos alternativas que les ofrece el Gobierno regional, indemnización o vivienda de sustitución, iniciando ese proceso, que será «rápido», según aseguró ayer en Argoños el consejero de Urbanismo, Roberto Media. «No se van a eternizar», les prometió. El destino de las otras 134 viviendas depende de que el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Argoños salga adelante, algo en lo que confía el Ejecutivo cántabro, aunque la anulación del PORN afectará seriamente al documento.
Argoños (254 viviendas). La anulación del PORN hace imposible la legalización de 120 de esas viviendas condenadas. Las otras 134 dependen de que el nuevo PGOU salga adelante.
Piélagos (88 viviendas). Se ha indemnizado a algunos propietarios de Cerrias, mientras otra parte aguarda la aprobación definitiva del PGOU para regularizar sus viviendas.
Escalante (32 viviendas). Se ha indemnizado a dieciséis propietarios y se están construyendo viviendas de sustitución para el resto.
Arnuero (102 viviendas). Aproximadamente el 30% de los propietarios afectados optó por la indemnización económica; el resto espera a que se les entreguen las nuevas viviendas.
Según Esther Castanedo, presidenta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC, en su intento por salvar de la demolición las viviendas, el Gobierno utilizó criterios geomorfológicos –por ejemplo, establecer un área delimitada por un río y un monte– para planificar las zonas del PORN, en lugar de ceñirse a los criterios biológicos o ecológicos, como indica la ley 42 de 2007. «Cambiar dichos criterios supondría aceptar el principio de regresión: ahora, todas de las leyes tienen que evitar que los perjuicios al medio ambiente sean cada vez mayores, y eso es el principio de no regresión, que se estaría infringiendo con esa zonificación. El Tribunal Supremo nos ha dado la razón», explica.
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