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El exalcalde de Noja Jesús Díaz (derecha) se dirige a su sucesor, Miguel Ángel Ruiz Lavín, durante una sesión plenaria. Celedonio Martínez
El juez desestima que el Ayuntamiento de Noja pague 4,93 millones al alcalde

El juez desestima que el Ayuntamiento de Noja pague 4,93 millones al alcalde

Noja ·

El magistrado Acayro Sánchez rechaza el recurso de Ruiz Lavín por el perjuicio que dice que el Consistorio causó a su empresa en una promoción fallida

JESÚS LASTRA

SANTANDER.

Jueves, 14 de septiembre 2017, 07:15

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El Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 2 de Santander ha rechazado el recurso interpuesto por la mercantil Nocanor Promociones S.L., empresa familiar del actual alcalde de Noja, Miguel Ángel Ruiz Lavín (PRC), contra el propio Ayuntamiento de la villa, al que reclamaba 4,93 millones en concepto de responsabilidad patrimonial. En concreto, el procedimiento gravitaba en torno al alegato contra la decisión del Consistorio que respaldaba la decisión del Pleno de 24 de septiembre de 2015 de denegar tal petición de compensación por los perjuicios sufridos después de no haber podido entregar en plazo varios inmuebles como permuta para el pago de las fincas sobre las que iba a construir una promoción de viviendas, lo que a criterio de la empresa fue consecuencia de los retrasos generados en la obtención de licencias y la «injusta paralización de las obras provocadas por la Casona». Al no poder cumplir la promotora con el dueño original del terreno se exigieron los citados 4,93 millones en concepto de daños y perjuicios.

Previamente el mismo juzgado ya tumbó en 2016 otra reclamación por 13 millones en base al quebranto ocasionado por la demora en la concesión de las licencias por parte de la Casona y la consiguiente imposibilidad de acometer el proyecto para levantar las 184 viviendas previstas en la actuación. El tribunal no abordó el fondo del asunto y desestimó el alegato por una cuestión formal, esto es, que se había presentado fuera de plazo.

LAS CLAVES

  • 1. La empresa de Ruiz Lavín no obtuvo licencias a tiempo para construir 184 pisos.

  • 2. La promotora no pudo compensar al dueño del suelo con los pisos pactados.

  • 3. Previamente el juzgado ya rechazó otro recurso de 13 millones por daños y perjuicios.

  • 4. Ruiz Lavín acusa a Jesús Díaz (PP) de maniobrar para no otorgar las licencias.

Sin embargo, lo que el recurrente aducía en el procedimiento actual pasaba por que se estimara su recurso y se revocara tal denegación de su reclamación, además de reconocerse que la declaración de responsabilidad se presentó en el plazo de un año y, consecuentemente, se le concediera la cantidad exigida. El magistrado Luis Acayro Sánchez no se aviene a tales pretensiones al entender que es cosa ya juzgada en el primer litigio. El fallo, fechado el 5 de septiembre, no es firme y puede recurrirse.

La sentencia sostiene que el asunto ya se juzgó en otro pleito de casi 13 millones

Los tribunales vuelven a ser escenario de un nuevo episodio de la 'guerra abierta' entre Ruiz Lavín y su predecesor en el cargo, Jesús Díaz (PP). El actual regidor sostiene que siendo alcalde Díaz provocó «de forma deliberada» la quiebra de la empresa familiar.

«Conexión evidente»

El Consistorio, ya liderado por el propietario de Nocanor, ratificó en marzo de 2016 su negativa a aceptar la reclamación de la constructora al entender que la demanda estaba prescrita. El demandante aducía ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 2 de Santander que el cómputo del plazo realizado por la Casona era erróneo, además de haberse incurrido en defectos de forma causantes de indefensión. El municipio se oponía al entender que, primero, era cosa juzgada y, segundo, que estaba fuera de plazo.

El magistrado Luis Acayro Sánchez comparte el criterio del Ayuntamiento y remite a la primera sentencia de 2016 en que se denegó la indemnización de casi 13 millones. Respecto al procedimiento actual, el juez recuerda que los daños ahora reclamados «son los sufridos como consecuencia de no poder cumplir con los compromisos contractuales con terceros en el desarrollo de esa urbanización, es decir, derivados del primer incumplimiento respecto de los que ya se ha descartado responsabilidad. En este sentido, la conexión e identidad es evidente [...], ya que los primeros absorben a los segundos en cuanto que ya ha sido juzgada la responsabilidad patrimonial» del Consistorio.

Acayro Sánchez también recuerda que en sentencias previas ya se reprochó a Ruiz Lavín que ante los problemas que acaecían no hubiera acudido antes a la vía contenciosa. «Se desprende que la opción de desglosar las reclamaciones no las convierte en causas de pedir autónomas y distintas que le legitimen a presentar reclamaciones independientes».

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