El edificio de la S-20 reanuda las obras a pesar de la disputa con los propietarios
El Tribunal Supremo admite el recurso de casación de los dueños, pero la promotora ha retomado las obras sin esperar a la resolución
El inmueble que se está levantando en Ernest Lluch 57 retoma las obras a pesar de encontrarse sumido en medio de un procedimiento judicial ... . El asunto ha pasado por todo tipo de vaivenes. La legítima propietaria, la comunidad de vecinos colindante, dio un derecho de edificación a la promotora Buildingcenter, que inició las obras cuando quedaban pocos meses para que el contrato finalizase. Con el fin del acuerdo, el juez se posicionó de parte de los vecinos y ordenó derribarlo, pero la Audiencia de Cantabria lo salvó de la piqueta. Ahora, el asunto está en el Tribunal Supremo (TS), quien admitió un recurso de casación de los legítimos propietarios para recuperar la parcela. Sin esperar a la resolución, la promotora decidió hace unas semanas retomar las obras.
El inmueble comenzó a construirse en 2017, cuando el plazo para terminarlo estaba llegando a su fin -febrero de 2018-. Sus legítimos dueños, la comunidad de vecinos del inmueble colindante, consiguió que un juez les diera la razón dos años después para demolerlo y que la parcela se entregase «libre y limpia». Pero tras llevarlo a la Audiencia de Cantabria, la promotora consiguió salvarlo de la piqueta en 2020 y, aunque ahora está en el TS, ha reanudado las obras sin esperar respuesta. El abogado de la comunidad de vecinos, Vicente González, apunta que «la obra es formalmente ejecutable, aunque es arriesgada y poco prudente antes de conocer el veredicto del Supremo». Cuanto más avance la obra, mayor es el riesgo de pérdida si finalmente la promotora no sale ganando.
¿Dónde está la diferencia de criterio? El Juzgado de Primera Instancia número 10 de Santander estableció en 2019 que la parcela sobre la que se estaba levantando el edificio era propiedad de la comunidad de vecinos colindante ya que la promotora sólo tenía un derecho de vuelo o edificación sobre la misma que caducó en 2018, sin estar terminadas las intervenciones, por lo que ese derecho había prescrito. Daba así la razón a los demandantes, que reclamaron la propiedad de la parcela al considerar que la sociedad de Caixabank dejó caducar su derecho a edificar dentro del plazo (10 años y vencimiento al 20 de febrero de 2018).
Sin embargo, la Audiencia de Cantabria no compartió la valoración de este juez y expuso un año después de la parálisis que «ni estamos en presencia de un derecho de vuelo, ni se ha cumplido fatalmente el plazo al que se refiere la escritura en litigio». El contrato establecía que el plazo para «llevar a cabo la ejecución» de la segunda fase era de diez años, una expresión que tanto el juez como los propietarios colindantes concibieron como la obligación de que la edificación estuviera concluida en ese tiempo. Pero la Audiencia hizo una interpretación mucho más flexible de esa expresión y sostuvo que «llevar a cabo la ejecución no necesariamente se identifica con la finalización de la construcción», por lo que consideró que el derecho no estaba caducado.
Discrepancia por la propiedad
La parcela, situada junto al supermercado Lupa de la S-20, formaba parte de una finca mayor en la que hace más de diez años se construyó un bloque de viviendas, denominado Monarca Fase I. La superficie restante fue destinada a la Fase II, la construcción en litigio. Esta parcela fue adquirida por la promotora Buildingcenter.
En un primer momento intentó vender la finca, pero al no conseguirlo decidió promover directamente en ella, para lo que obtuvo licencia de obra en octubre de 2017. Iniciados los trabajos, la comunidad de propietarios del edificio Monarca Fase I requirió a la sociedad para que se abstuviera de ejecutar edificación alguna alegando que no se trata de una finca independiente con pleno dominio (de suelo y vuelo) sino que, a lo sumo, la promotora tenía un derecho de edificación, pero la filial de Caixabank rechazó esos argumentos e inició igualmente las obras.
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