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El Edificio Tenis está enclavado en primera linea de playa. Abel Verano
El equipo de gobierno de Laredo pide un «plazo flexible» para derribar el Tenis

El equipo de gobierno de Laredo pide un «plazo flexible» para derribar el Tenis

Los concejales socialistas recurren el auto del TSJC que daba dos meses para iniciar la demolición parcial del edificio, bajo la advertencia de una nueva multa

Abel Verano

Laredo

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Jueves, 22 de marzo 2018, 07:30

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«Tan solo pedimos que no se nos juzgue de antemano como culpables por una interpretación de un Auto que no comprendíamos después de seis años de incidente previo. Queremos y debemos ejecutar la sentencia con todas las garantías legales y de seguridad precisas, también para los afectados y para ello necesitamos fluidez en la relación con la Sala, comprensión en la complejidad de las tareas y obligaciones a desarrollar y en los errores involuntarios que nadie está libre de cometer, así como proporcionalidad y ponderación en la determinación de los plazos y colaboración y apoyo de esta Sala». El equipo de gobierno del PSOE de Laredo ha presentado un recurso de reposición contra el último auto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, de 2 de febrero, en el que se le concedía al Ayuntamiento pejino un plazo de dos meses para el inicio de las obras de demolición parcial del Edificio Tenis de acuerdo a la sentencia firme de 16 de noviembre de 1992 y el auto firme para su ejecución de fecha 20 de enero de 1999, que ordenaba al promotor y a los propietarios del inmueble la demolición de los vuelos o terrazas de la edificación, así como de todo lo construido bajo cubierta por encima de la línea teórica de 45º.

Como ya publicó este periódico, ese requerimiento del TSJC, que ha provocado una crisis política en el seno del PSOE de Laredo, traía consigo un advertencia: «La dilación de las actuaciones supondrá la imposición automática de una nueva multa de 150 euros para cada uno de los responsables, y que se libre el testimonio antes referido, a los efectos de que el juez de guardia instruya las diligencias oportunas».

CRONOLOGÍA

  • Noviembre de 1992 El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ordena el derribo parcial del Edificio Tenis.

  • Enero 1999 El Tribunal Supremo emite un auto firme en el que confirma la sentencia de derribo parcial del edificio.

  • Junio 2016 La Sala retoma el inicidente de inejecución presentado en el año 2009 por la Comunidad de Propietarios.

  • Octubre 2017 El TSJC acuerda imponer multas al equipo de gobierno ante el incumplimiento de los plazos acordados.

  • Febrero 2018 El TSJC ratifica la multa a los ediles del Gobierno y da dos meses para el inicio del derribo.

  • Marzo 2018 El equipo de gobierno presenta recurso de reposición contra el auto que da dos meses para el derribo.

Ahora, en un recurso de 59 páginas, el Gobierno local pejino insiste en que «no ha existido ninguna demora injustificada por parte del Ayuntamiento en la ejecución de las resoluciones judiciales sobre el derribo parcial del edificio que motive una reducción de los plazos aprobados, ni ninguna medida coercitiva».

Tras replicar a la Sala asegurando que «no es correcto que el Ayuntamiento haya paralizado la ejecución durante 30 años, máxime cuanto el auto de ejecución firme data de 20 de enero de 1999», el equipo de gobierno socialista recuerda que desde 2002 hasta 2009 hubo «incumplimientos» por parte de la empresa Pentía, encargada del proyecto de demolición, y desde 2009 a 2016 el incidente de inejecución promovido por la comunidad de propietarios estuvo en la Sala sin resolución.

«Todos los ayuntamientos no actuamos solo a golpe de requerimiento»

«Resulta incomprensible y totalmente contrario a la proporcionalidad que una demora de algo más de tres meses imputable a la empresa Dynamis (nueva redactora del proyecto de demolición), a la hora de presentar la primera fase del cronograma en 2017, tras varios requerimientos por el Ayuntamiento para su presentación, comunicados a la Sala, haya determinado la imposición de multas coercitivas a los miembros de la Junta de Gobierno».

El equipo de gobierno pejino asegura que hay muchos ayuntamientos con expedientes de derribo pendientes, «pero no todos actuamos igual, ni lo hacemos solo a golpe de requerimiento», y detalla todos los trámites seguidos por el Ayuntamiento hasta el año 2012 (cuando quedó paralizado el incidente de ejecución en el TSJC) con el fin de que «no persista una visión errónea y quede constancia de la compleja e inagotable actividad desplegada».

Dos incidencias

El Gobierno pejino señala, además, que desde la vista oral celebrada en junio de 2016 «únicamente se han producido dos incidencias, resueltas de forma durísima de modo que parece que se presume que en todos los casos de derribos los responsables de las dilaciones son los Ayuntamientos y actuando la Sala, parece ser, con el convencimiento, que nos imputa el demandante constantemente, de la existencia de una demora preconcebida, de una actitud contraria a la ejecución, cuestión carente de toda prueba y totalmente ajena a la realidad». «Si fuera así -señalan- no hubiéramos realizado una actuación tan compleja desde que adquirió firmeza el auto de ejecución de 1999».

«Es materialmente imposible iniciar el derribo en dos meses»

El equipo de gobierno de Laredo incluye en su recurso de reposición los informes que ha solicitado el alcalde Juan Ramón López Visitación a los departamentos de Contratación y Arquitecto municipal, así como la empresa Dynamis, con el objeto de comprobar el posible plazo de inicio de las obras.

El Ayuntamiento señala que es necesario un replanteo previo antes de iniciar el expediente de contratación de las obras. Asimismo, asegura que es necesaria una orden de desalojo de todos los habitantes del conjunto residencial o bien en dos fases (Bloque 1 y Bloque 2), como propone el arquitecto municipal en un informe.

Tras enumerar todos los trámites que el Ayuntamiento debe llevar a cabo ante de iniciar los trabajos de derribo, el Ejecutivo local pejino llega a la conclusión de que, con audiencia de las partes, «deberá anularse el plazo de dos meses que es legal y materialmente impracticable y fijarse por la Sala un plazo flexible que sea de posible cumplimiento».

En este sentido, el Consistorio pejino señala que el auto que da dos meses para el inicio de las obras, «no sólo carece de motivación, sino que va contra los informes presentados por este Ayuntamiento y suscritos por los técnicos tanto municipales como externos».

Entiende el equipo de gobierno, que en este caso «no han sido valoradas en su justa medida las pruebas presentadas, ya que los informes presentados señalan que no hay tiempo material para comenzar las obras el día 6 de mayo, a no ser que esta parte incumpliera los plazos legales necesarios para realizar todos los trámites necesarios al efecto».

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