La Audiencia apoya que la causa por agresión a tendero chino sea sumario ordinario
El Juzgado de Instrucción consideró que debía ser un Jurado Popular el encargado de enjuiciar los hechos
efe
Sábado, 11 de junio 2016, 12:36
La Audiencia de Cantabria ha dado la razón a la Fiscalía y ha determinado que la causa abierta contra tres jóvenes que, presuntamente, agredieron a un comerciante chino de Torrelavega que falleció tiene que seguirse por sumario ordinario en lugar de por Tribunal del Jurado.
La Fiscalía había presentado un recurso de apelación contra el auto del Juzgado de Instrucción que lleva este asunto, que el pasado mes de marzo consideró que debería ser un Jurado Popular el encargado de enjuiciar los hechos.
La Audiencia de Cantabria ya ha decidido sobre este asunto y, según han informado a Efe fuentes jurídicas, ha acogido los argumentos del Ministerio Fiscal, a los que se adhirieron las defensas.
El siguiente paso es la transformación del asunto en un procedimiento ordinario por parte del Juzgado de Torrelavega.
A los tres jóvenes que están siendo investigados se les atribuían presuntos delitos de robo con violencia, lesiones y homicidio.
El recurso de la Fiscalía sustentaba su petición en un acuerdo del pleno no jurisdiccional del Tribunal Supremo de febrero de 2010, que alude a la "conectividad" entre delitos, es decir, que cuando concurren varios delitos debe haber una conexión entre ellos para que los hechos sean susceptibles de ser enjuiciados por un Jurado Popular.
El acuerdo del pleno no jurisdiccional del TS dice que la competencia del Tribunal del Jurado "se extenderá al delito conexo" siempre que se haya cometido teniendo como objetivo principal perpetrar un delito que corresponda estudiar a esta institución, lo que no ocurriría en este caso.
"Es decir, que ha de ser de la competencia del Jurado aquel cuya comisión se facilita o cuya impunidad se procura", recoge ese acuerdo del Supremo en el que se basó el recurso de la Fiscalía.
Si se aplica esa doctrina a este caso de Torrelavega, el criterio sería que no había intención de cometer homicidio o asesinato, por lo que el asunto no sería competencia del Jurado, según señalan fuentes jurídicas.
El acuerdo del TS también recoge que si el objetivo perseguido fuese cometer un delito que no es competencia del Tribunal del Jurado y el que se comete para facilitarlo o "lograr su impunidad" es alguno de los que enjuicia esta institución, en esos casos la competencia será del Juzgado de lo Penal o de la Audiencia Provincial.
En el caso de la agresión al comerciante chino, todo indica que sería la Audiencia la competente para estudiar y juzgar el caso